¿Sabías que el turrón es de origen árabe y no español? ¡Clasifiquemos este producto!

Para determinar el código arancelario de la mercancía se realizará un análisis partiendo desde la Sección, pasando por el Capítulo, la Partida, para finalmente determinar una subpartida arancelaria de acuerdo al Arancel de Importaciones del Ecuador, como se verá a continuación:

Descripción del producto

El turrón de maní Arcor es un gran snack para comer en cualquier momento del día. Tiene 0% de colesterol y de grasas trans, con solo 98 calorías por paquete, se puede llevar en cualquier bolsillo y a cualquier lado, y por su sabor, esa mezcla entre dulce y salado que te da la saciedad perfecta.

  • Composición del producto (Ingredientes)

Jarabe de glucosa, harina de trigo, azúcar, maní tostado 10%, aceite de girasol, proteína vegetal hidrolizada, sal, emulsionante/emulgente (lecitina de soja), espesante (gelatina/grenetina bovina), leudante/gasificante (bicarbonato de sodio), acidulante (ácido cítrico), aromatizante artificial.

  • Valor nutricional

Porción: 25 g (1 turrón); Valor energético: 98 kcal = 410 kJ; Carbohidratos: 18 g; Azúcares: 9,9 g; Proteínas: 1,7 g; Grasas totales: 2 g; Grasas saturadas: 0,3 g; Grasas monoinsaturadas: 1 g; Grasas poliinsaturadas: 0,6 g; Grasas trans: 0 g; Fibra alimentaria: 0,4 g.

Reglas Generales Interpretativas

Con la finalidad de determinar una partida arancelaria, se consideran las siguientes reglas interpretativas:

RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

RGI N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”

Por lo que se puede identificar a la partida 17.04 Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco) como la más adecuada.

Notas explicativas

Para establecer una subpartida arancelaria se toma en cuenta la nota explicativa de la partida 17.04:

Esta partida comprende la mayor parte de las preparaciones alimenticias azucaradas sólidas o semisólidas dispuestas para su consumo inmediato y comúnmente designadas con el nombre de artículos de confitería o dulcería. Entre los productos de esta partida, se pueden citar:

9) las pastas a base de azúcar cuyo contenido en materias grasas añadidas sea bajo o nulo y que son apropiadas para transformarse directamente en artículos de confitería de esta partida, pero que también sirven para rellenar productos de esta u otras partidas, por ejemplo:

b) la pasta de turrón, constituida por mezclas aireadas de azúcar, agua y materias coloidales (por ejemplo, clara de huevo) y, a veces, por una pequeña cantidad de materias grasas añadidas e incluso con avellanas, frutas u otros productos vegetales apropiados, que sirve para elaborar turrón, rellenar bombones, etc;

 

Posición Arancelaria

Considerando lo anteriormente mencionado, se examinarán las subpartidas arancelarias dentro de la partida 17.04, aplicando la primera Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA):

Sección: IV PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS

Capítulo: 17 Azúcares y artículos de confitería

Partida: 17.04 Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco).

Subpartida: 1704.90.10.00 - - Bombones, caramelos, confites y pastillas

 

Información asociada a la mercancía

  • Arancelaria

Ad Valorem

20%

ICE

0%

FODINFA

0.5%

IVA

12%

 

  •  Paraarancelaria

Presentación de requisito DCP Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) previo a la fecha de embarque.

A140 - Requisito de autorización por razones sanitarias y fitosanitarias para la importación de determinados productos

A150 - Requisito de autorización para los importadores por razones sanitarias y fitosanitarias

A310 - Requisitos de etiquetado

A420 - Prácticas higiénicas durante la producción relacionadas con MSF

A630 - Procesamiento de alimentos

A640 - Condiciones de almacenamiento y transporte

A810- Requisito de registro/aprobación del producto

A820 - Requisito de prueba

A840 - Requisito de inspección

A852 - Historial de procesamiento

A900 - Medidas sanitarias y fitosanitarias

B310 - Requisitos de etiquetado

B700 - Requisito de calidad, seguridad o rendimiento del producto

B810 - Requisito de registro/aprobación del producto

B820 - Requisito de prueba

E100 - Procedimientos de licencias de importación no automáticas distintos de las autorizaciones contempladas en los capítulos MSF y OTC

E111 - Procedimiento de concesión de licencias sin criterios ex ante específicos

 

Conclusión

En base a las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de las Aduanas (OMA), para el producto denominado comercialmente con el nombre de turrón de maní; esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida arancelaria 1704.90.10.00 - - Bombones, caramelos, confites y pastillas.

 

Recomendaciones

Se recomienda realizar una lectura exhaustiva de las notas legares, interpretativas, explicativas, de sección, capítulo y subpartida del producto a clasificar, ya que estas brindan la información necesaria para asignar un código arancelario adecuado.

Se recomienda tener en cuenta los requisitos no arancelarios a presentar en la entidad correspondiente para poder nacionalizar el producto sin problemas.

 

Referencias

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Comunidad Andina de Naciones [CAN]. (2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

International Trade Centre [ITC]. (2022). Mapa de acceso al mercado. https://www.macmap.org/es/query/results?reporter=218&partner=170&product=1704109000&level=8

Fresh to Home. (2022). Turrón de Maní Arcor 25gr.                                https://f2h.shop/turron-de-mani-arcor-25gr#:~:text=Ingredientes%3A%20Jarabe%20de%20glucosa%2C%20harina,%C3%A1cido%20c%C3%ADtrico)%2C%20aromatizante%20artificial.

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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