DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
Un gancho de aterrizaje, también conocido como "tailhook" en inglés, es un dispositivo mecánico instalado en la cola de aeronaves, especialmente aviones de combate, diseñado para engancharse a cables de frenado en la cubierta de un portaaviones durante las operaciones de aterrizaje. Este mecanismo es esencial para permitir que las aeronaves se detengan de manera segura en un espacio limitado en la cubierta del portaaviones.
Durante el aterrizaje, el piloto baja el gancho de aterrizaje, y este se engancha a uno de los cables de frenado tensados en la cubierta de vuelo del portaaviones. La energía cinética de la aeronave se transfiere al sistema de frenado a través del gancho y los cables, permitiendo que la aeronave se detenga de manera controlada y segura en un espacio corto. Esta tecnología es crucial para las operaciones de aviación naval, ya que facilita el aterrizaje seguro de aeronaves en una plataforma en movimiento como un portaaviones.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
Para establecer la categoría arancelaria de un producto a nivel de partida, se consideran las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado, son las pautas fundamentales del Sistema Armonizado, que guían la clasificación de bienes en la nomenclatura arancelaria, deben ser referenciadas en cada proceso de clasificación. Estas reglas tienen como objetivo principal mantener una coherencia uniforme en el criterio de clasificación.
La primera regla, es descrita como: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas”
Tomando en cuenta la primera regla, el producto se clasificará en:
SECCIÓN XVII: MATERIAL DE TRANSPORTE
capítulo 88: Aeronaves, vehículos espaciales, y sus partes
86.02 Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares; aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra; sus partes.
Para determinar la subpartida, se utiliza la regla 6, la cual se denomina como:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis (cambiando lo que se deba cambiar), por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”
Los portaaviones son embarcaciones militares diseñadas para transportar y operar aeronaves, y cuentan con sistemas específicos para el despegue y el aterrizaje de estas aeronaves en su cubierta.
Según las Notas Explicativas dice que esta partida comprende: los aparatos y dispositivos para el aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares.
Estos aparatos, que se utilizan en los portaaviones pero también en algunos aeropuertos, se utilizan para frenar el avión en el momento del aterrizaje con objeto de reducir la longitud de la pista necesaria para la detención completa del vehículo.
Por lo tanto, la partida es:
8805.10.00.00 - Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves y sus partes; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares, y sus partes
MECANISMOS ARANCELARIOS
- Aranceles:
Ad valorem 0%
Fodinfa 0,5%
IVA 12%
- Restricciones y prohibiciones:
Restricciones:
Sin restricciones
Prohibiciones:
República Popular Democrática de Corea del Norte.
CONCLUSIONES
Considerando el análisis previo realizado sobre su clasificación, se puede concluir que la mercancía en cuestión está sujeta a la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, además del uso de las Notas Explicativas, las cuales determinan que la mercancía se clasifica en la partida:
8805.10.00.00 - Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves y sus partes; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares, y sus partes.
RECOMENDACIONES
- Las Reglas Generales de Interpretación proporcionan directrices clave para la clasificación, por ello, se debe asegurar de entender las seis reglas, ya que son fundamentales para determinar la categoría correcta.
- Se recomienda consultar la descripción de las partidas y subpartidas, examinando cuidadosamente las descripciones en las partidas y subpartidas del Sistema Armonizado, además de identificar los términos específicos que se aplican a la mercancía en las Notas del Capítulo 88, para obtener información detallada.
- Se recomienda considerar la función principal, examinando los materiales y componentes que componen la mercancía.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Comex. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
Comentarios