1. ANTECEDENTES:
- Mercancía: Bloques de granito
Se describen a continuación los detalles del “Bloques de granito” con la finalidad de clasificarlo correctamente en una subpartida arancelaria, y de esta manera conocer los tributos aduaneros, restricciones y prohibiciones.
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
El granito es una roca de textura granular compuesta de feldespato y cuarzo. Son blancos, gris claro, rosados, amarillentos y a veces verdosos. Constituye una roca dimensionable, por lo tanto, puede ser cortado y pulido a dimensiones y formas específicas.
Los bloques de granito es la forma que se obtiene al realizar la extracción de la piedra directamente de la cantera. La cantera de granito puede tener varios frentes de explotación en varias zonas, situados al mismo nivel, o a distintos niveles, normalmente escalonados.
CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO:
- Tiene colores diversos como: gris, beige, negro, blanco, marrón, rojo claro, verde
- El tamaño y la textura de la roca de granito dependerá de la concentración de materiales
- Se comercializa por por metro cuadrado y se puede cortar en tamaños especiales.
2. ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA
Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:
RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes
Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1.
De esta forma, la partida que se toma en consideración es:
25.16 Granito, pórfido, basalto, arenisca y demás piedras de talla o de construcción, incluso desbastados o simplemente troceados, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares.
RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario
Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida analizando las notas explicativas para su correcta clasificación.
2516.12.00.00 - - Simplemente troceado, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares
NOTAS EXPLICATIVAS:
El granito es una roca eruptiva muy dura de aspecto granuloso, formada por la yuxtaposición de cristales de cuarzo, feldespato y laminillas de mica. Según la proporción relativa de estos tres minerales y la posible presencia de óxidos de hierro o de manganeso, el granito tiene colores variables (granito verde, gris, rosa, rojo, etc.).
En relación con las formas y trabajos admitidos en esta partida, véase la Nota Explicativa de la partida 25.15, debiendo observarse que los minerales de esta partida, triturados en forma de macadán, se clasifican en la partida 25.17. En especial, las piedras que tengan las características de adoquines, encintados (bordillos) de aceras, veredas o de losas para pavimentación, se clasifican en la partida 68.01, incluso si sólo se han sometido a los trabajos especificados en el texto de esta partida.
Los “ecaussines”, mal llamados granito belga, pequeño granito o granito de Flandes, están comprendidos en la partida 25.15.
El basalto fundido se clasifica en la partida 68.15.
En forma de gránulos, tasquiles (fragmentos) o polvo, las piedras de esta partida se clasifican en la partida 25.17.
N.E. Pág 148 -Tomo I, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado
SECCIÓN | Sección V - Productos minerales |
CAPÍTULO | Capítulo 25. Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos |
PARTIDA | 25.16 Granito, pórfido, basalto, arenisca y demás piedras de talla o de construcción, incluso desbastados o simplemente troceados, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares. |
SUBPARTIDA | 2516.12.00.00 - - Simplemente troceado, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares |
TRIBUTOS ADUANEROS:
AD VALOREM | 0% |
IVA | 12% |
FODINFA | 0.5% |
ICE | 0% |
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:
Restricciones | No aplica |
Prohibiciones | La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte. |
CONCLUSIONES:
- Dado el análisis realizado se puede concluir que, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, a la mercancía denominada “Bloques de granito”, roca eruptiva; se debe clasificar en la subpartida 2516.12.00.00 - - Simplemente troceado, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares
- El granito es una roca de textura granular compuesta de feldespato y cuarzo, por lo tanto se acoge a las notas explicativas de la partida 25.16 que menciona que el granito es una roca eruptiva muy dura de aspecto granuloso, formada por la yuxtaposición de cristales de cuarzo, feldespato y laminillas de mica.
RECOMENDACIONES:
- Es importante guiarse tanto de las notas de sección, como de las notas explicativas y de esta forma clasificar correctamente la mercancía y de esta forma conocer los tributos arancelarios, prohibiciones y restricciones en cuanto a la mercancía, antes de realizar una importación.
REFERENCIAS:
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. file:///E:/Descargas/Notas%20Explicativas%20I%20Sistema%20Armonizado.pdf
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comentarios