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Introducción 

El cuscús es rico en hidratos de carbono complejos, los cuales pasan a la sangre lentamente. Por ello es un alimento útil en la dieta de las personas con diabetes, a más de eso proporciona tiamina, niacina, riboflavina, B6, ácido fólico y ácido pantoténico. Estos nutrientes ayudan a metabolizar la energía, mantener la salud de los glóbulos rojos, prevenir ciertos defectos de nacimiento y contribuir con el funcionamiento óptimo de la piel, la sangre, el cerebro, el sistema nervioso, el corazón y el sistema inmunológico.

También evita que los alimentos circulen por el cuerpo, de modo que previene el estreñimiento. Incluso proporciona beneficios para el nivel de colesterol, ya que se une al colesterol en el tracto digestivo y lo elimina del cuerpo.

 

NOTAS DE SUBPARTIDA 

El cuscús de esta partida puede estar cocido o preparado de otro modo (presentado con carne, hortalizas y otros ingredientes, como plato completo preparado que tiene el mismo nombre).

POSICIÓN ARANCELARIA 

Sección IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS

Capítulo 19: Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche

Partida 19.02: Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.

Subpartida 1902.40.00.00: Cuscús

INFORMACIÓN ARANCELARIA 

Tributos vigentes 

IVA: 12%

Ad Valorem: 30%

Fodinfa: 0,5%

Restriccion: Prohibida importación desde la Republica del Corea del Norte

Prerrequisito: AGENCIA NACIONAL DE REGULACION, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA

CONCLUSIONES 

En base a la aplicación de la regla general interpretativa 1 se concluye que el cuscús, se debe clasificar en la Sección IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS; Capítulo 19: Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche, partida 19.02: Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado, subpartida 1902.40.00.00: Cuscús

RECOMENDACIONES

Es recomendable apoyarse de los documentos como el Arancel Nacional, las reglas generales interpretativas y sobre todo de las notas explicativas ya que estas nos brindan una visión más amplia sobre las mercancías que deben ser clasificadas bajo alguna partida o subpartida.  

REFERENCIAS 

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012 https://www.cabeza.com/es/reglas-generales-clasificacionarancelaria-de-mercancias/

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