Nombre Comercial: Caolín

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  • Descripción General: El caolín es una arcilla de color claro muy rica en caolinita. Se le llama también arcilla blanca, debido a su color. Cuanto más blanco sea, mayor es su pureza, ya que estaría libre de óxidos o elementos de origen vegetal. El caolín es un mineral no renovable, es un silicato de aluminio hidratado, producto de la descomposición de rocas, principalmente. 
  • Usos, destino o función: El caolín se utiliza ampliamente en la industria del papel como carga y recubrimiento. En el acabado de papel tapiz, papel de arte y papel corrugado, se añade para reducir la porosidad y proporcionar suavidad y brillo a la superficie. El caolín también tiene una amplia aplicación en la industria cerámica. Se utiliza en la fabricación de diversos productos cerámicos, como sanitarios, comedores, porcelana eléctrica, tejas de alto grado, vajillas, objetos de baño y refractarios. Este mineral también desempeña un papel importante en la fabricación de pigmentos utilizados en pinturas y tintas, además desempeña un papel fundamental en la composición de los cosméticos. Su capacidad de absorber humedad, mejorar las bases para colores blancos, adherirse a la piel y proporcionar una textura suave lo convierte en un componente clave de muchos productos de cuidado de la piel.
  • Análisis Arancelario de la mercancía 

Sección:  

Sección V 

PRODUCTOS MINERALES 

Capítulo: 

Capítulo 25

Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos

Partida: 

25.07 Caolín y demás arcillas caolínicas, incluso calcinados.

Subpartida: 

2507.00.10.00 - Caolín, incluso calcinado

  • Notas Explicativas Subpartida 25.07:

Esta partida comprende el caolín y demás arcillas caolínicas constituidas en gran parte por minerales caolínicos tales como la caolinita, la dickita, la nacrita, la anauxita y la haloisita. Estas arcillas se clasifican en esta partida, incluso calcinadas. El caolín (arcilla de China) es una arcilla blanca o casi blanca, de primera calidad, que se utiliza como materia prima en la industria de la porcelana y como carga en la fabricación de papel.

  • Reglas Generales Interpretativas 

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Información Arancelaria

Subpartida: 2507.00.10.00

Arancel Ad-Valorem: 0.00%

Arancel Específico: $0.00

IVA: 12%

Fodinfa: 0.50%

Unidades Físicas: Kilogramo

  • Autorización y Restricciones

Tipo: Prohibición 

Fuente del Dato: Resolución No. 2397 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

 Notas y Observaciones:  Prohibida importación de Corea del Norte

  • Requisitos y Condiciones Adicionales

No existen otras condiciones ni requisitos para importar este producto 

  • Conclusión

Podemos concluir que caolín pertenece a la subpartida 2507.00.10.00, debido a que su composición cumple con lo establecido en las notas explicativas, al ser un mineral no renovable, un silicato de aluminio hidratado y  producto de la descomposición de rocas y según las reglas interpretativas generales 1 y 6, se la clasifica en esta subpartida por ser específica y aplicarse a este producto.

  • Recomendación

Se recomienda el uso y aplicación de todas las reglas interpretativas para una correcta  clasificación arancelaria, además de tener un buen manejo del arancel y sus notas explicativas como base legal de consulta. Contar con la suficiente información del producto de interés y mantenerse al tanto de los nuevos boletines oficiales emitidos por el SENAE para contar con información actualizada para efectos de consulta facilitará la determinación de la subpartida arancelaria.

NOMENCLATURA COMÚN ANDINAhttps://www.comunidadandina.org/StaticFiles/201164225440libro_atrc_nomenclatura.pdf

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