¿Sabías que casi el 7 % de una remolacha es azúcar? ¡Clasifiquemos este producto!

Para determinar el código arancelario de la mercancía se realizará un análisis partiendo desde la Sección, pasando por el Capítulo, la Partida, para finalmente determinar una subpartida arancelaria de acuerdo al Arancel de Importaciones del Ecuador, como se verá a continuación:

Descripción del producto

Excelente sustituto del azúcar de caña extraído de la remolacha azucarera orgánica, sin aditivos ni rellenos La resistente remolacha azucarera parece ser un tubérculo duro, pero es realmente una dulzura suave por dentro.

El azúcar de remolacha se obtiene del refinado de la remolacha azucarera. Contiene un 99,9% de sacarosa pura y es un sustituto adecuado del azúcar de caña en todas las recetas. Algunas personas que son alérgicas al azúcar de mesa pueden usar azúcar de remolacha.

  • Composición del producto (Ingredientes)

Azúcar de remolacha orgánica.

Reglas Generales Interpretativas

Con la finalidad de determinar una partida arancelaria, se consideran las siguientes reglas interpretativas:

RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

RGI N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”

Por lo que se puede identificar a la partida 17.01 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido como la más adecuada.

Notas explicativas

Para establecer una subpartida arancelaria se toma en cuenta la nota explicativa de la partida 17.01:

El azúcar de caña se extrae del jugo de los tallos de la caña de azúcar y el azúcar de remolacha del jugo de la raíz de la remolacha azucarera.

El azúcar de caña o de remolacha refinado se obtiene por tratamiento complementario del azúcar en bruto. Generalmente se presenta en cristales blancos, comercializados según los distintos grados de finura, o en forma de cuadradillos, panes, placas, barritas o trozos regulares moldeados, aserrados o cortados (azucarillos). Debe observarse que el azúcar de caña o de remolacha sólo se clasifica en esta partida si se presenta sólido (incluso en polvo); estos azúcares pueden adicionarse con aromatizantes o colorantes.

Posición Arancelaria

Considerando lo anteriormente mencionado, se examinarán las subpartidas arancelarias dentro de la partida 17.01, aplicando la primera Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA):

  • Sección: IV PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS
  • Capítulo: 17 Azúcares y artículos de confitería
  • Partida: 17.01 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido
  • Subpartida: 1701.12.00.00 - - De remolacha

Información asociada a la mercancía

  • Arancelaria

Ad Valorem

20%

ICE

0%

AEC

20%

SAFP

45%

FODINFA

0.5%

IVA

12%

  •  Paraarancelaria

Presentación de requisito DCP Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) previo a la fecha de embarque.

Presentación de requisito DCP Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN) previo a la presentación de la DAI.

Se presenta un Valor de Criterio Adicional sobre el valor FOB de $2000, lo que quiere decir que en la primera importación si el valor FOB no supera los $2000 no se pagará el valor adicional, para las próximas importaciones si se pagará este valor.

Además, el producto requiere los siguientes documentos:

A140 - Requisito de autorización por razones sanitarias y fitosanitarias para la importación de determinados productos

A310 - Requisitos de etiquetado

A330 - Requisitos de embalaje

A420 - Prácticas higiénicas durante la producción relacionadas con MSF

A630 - Procesamiento de alimentos

A640 - Condiciones de almacenamiento y transporte

A810- Requisito de registro/aprobación del producto

A820 - Requisito de prueba

A830 - Requisito de certificación

A840 - Requisito de inspección

A852 - Historial de procesamiento

A900 - Medidas sanitarias y fitosanitarias

B310 - Requisitos de etiquetado

B700 - Requisito de calidad, seguridad o rendimiento del producto

B810 - Requisito de registro/aprobación del producto

B820 - Requisito de prueba

B830 - Requisito de certificación

E100 - Procedimientos de licencias de importación no automáticas distintos de las autorizaciones contempladas en los capítulos MSF y OTC

E111 - Procedimiento de concesión de licencias sin criterios ex ante específicos

  Conclusión

En base a las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de las Aduanas (OMA), para el producto denominado comercialmente con el nombre de azúcar de remolacha; esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida arancelaria 1701.12.00.00 - - De remolacha.

Recomendaciones

Se recomienda realizar una lectura exhaustiva de las notas legares, interpretativas, explicativas, de sección, capítulo y subpartida del producto a clasificar, ya que estas brindan la información necesaria para asignar un código arancelario adecuado.

Se recomienda tener en cuenta los requisitos no arancelarios a presentar en la entidad correspondiente para poder nacionalizar el producto sin problemas.

Referencias

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Comunidad Andina de Naciones [CAN]. (2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

International Trade Centre [ITC]. (2022). Mapa de acceso al mercado. https://www.macmap.org/es/query/results?reporter=218&partner=170&product=1704109000&level=8

Amazon. (2023). Now Foods - Azúcar de Remolacha Orgánica 1361g. https://www.amazon.com.mx/Now-Foods-Beet-Sugar-Pound/dp/B000MGWI1G

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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