Introducción
La grasa de lana, también conocida como lanolina, es una sustancia cerosa y natural que se encuentra en la lana de ovejas y otras especies de animales lanudos. Es producida por las glándulas sebáceas ubicadas en la piel de estos animales y se adhiere a las fibras de lana. La lanolina actúa como un protector natural para la lana, brindándole resistencia al agua y a la suciedad, y también ayuda a mantener la fibra de lana suave y flexible.
La grasa de lana es altamente valorada en la industria textil debido a sus propiedades hidratantes y emolientes. Se utiliza en la fabricación de productos cosméticos y cuidado de la piel, como cremas, lociones, bálsamos labiales y productos para el cuidado del cabello. Además, la lanolina es un componente clave en la producción de lanolina anhidra, que se utiliza en la industria farmacéutica y en la fabricación de productos como pomadas y ungüentos.
Reglas generales interpretativas
Las reglas generales interpretativas establecen procesos de clasificación con el fin de que una mercancía sea determinada según su Subpartida.
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
Posición arancelaria
Sección III: GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL;
Capítulo 15: Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal
Partida: 1505 Grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina.
Subpartida: 1505.00.91.00 - - Lanolina
Notas explicativas
Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 16.04 sobre los diferentes estados en que se presentan los productos de esta última partida se aplican, mutatis mutandis, a los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos de esta partida, salvo, sin embargo, los crustáceos cocidos en agua o vapor que, mientras no estén pelados, se clasifican en la partida 03.06, aunque se les hayan añadido pequeñas cantidades de productos químicos para su conservación provisional.
Entre los crustáceos y moluscos que con mayor frecuencia se preparan o conservan, se pueden citar: cangrejos, camarones y langostinos, bogavantes, langostas, cangrejos o camarones de río (astacos, por ejemplo), mejillones, pulpos, calamares y caracoles. Entre los demás invertebrados acuáticos preparados o conservados que se clasifican en esta partida, los principales son los erizos de mar, los cohombros de mar y las medusas.
Información arancelaria
- IVA: 12%
- Ad Valorem: 0%
- Fodinfa: 0,5%
Prerrequisito:
- AGENCIA NACIONAL DE REGULACION, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA (DCP)
Conclusiones
Es así que teniendo en cuenta tanto la descripción comercial y como la descripción arancelaria del producto en cuestión, se llega a la conclusión que se lo clasifica en la Subpartida arancelaria “1505.00.91.00 - - Lanolina” siguiendo la Regla General de Interpretación 1 , fundamentado por las notas explicativas y legales detalladas con anterioridad.
Recomendación
Debemos identificar la mercancía mediante una descripción detallada de su naturaleza, composición, características, función y uso. Consultar las reglas interpretativas y notas explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) para encontrar la partida y subpartida arancelaria que mejor se ajuste a la descripción de la mercancía y de la información proporcionada por el fabricante.
Referencias
Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del ecuador
SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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