¿Sabes que son las anillas para mallas y como se clasifica en el arancel?

Las grapas o anillas para mallas son el consumible de la grapadora para mallas, sirven para atar el alambre tensor a la malla, pero también tiene múltiples usos, por ejemplo, para fabricar gaviones, atar cualquier tipo de alambres o materiales mediante anillado.

En general, estas se utilizan para la instalación de cercados, es por esto que deben realizarse a partir de un material resistente a la corrosión, por lo cual la opción más común es el Zinc puesto que este tipo de metal es altamente resistente a la corrosión, además gracias a sus características físicas, este puede trabajarse de mejor manera en conjunto con otros metales debido a su maleabilidad.

Descripción:

  • Longitud: 17 mm.
  • Cantidad por caja: 1200.
  • Cantidad por embalaje: 10 cajas.
  • Colores: Los colores disponibles para las grapas son en galvanizado, pero pueden ser pintadas antes de su uso.

Reglas de clasificación

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes

De acuerdo a la RGI 1, podemos encontrar la sección en la que se encuentra nuestro artículo, en este caso correspondería a la sección XV ya que como se menciona en la descripción está compuesto de Zinc, mismo que es clasificado como un metal común, posterior a esto podemos encontrar el capítulo en este caso el 79 (Cinc y sus Manufacturas) ya que dentro del mismo hay una sola partida dedicada a lo relacionado con este material.

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según la RGI 6, una vez determinada la partida correspondiente, podemos guiarnos en los textos de las subpartidas y de igual forma en las notas de las subpartidas para poder ubicar la subpartida arancelaria correcta para este artículo, en este caso al contar dentro de dicha partida con las manufacturas de este material, procedemos a colocarlo en la subpartida correspondiente a los demás, ya que al existir diversos artículos determinados en esta partida y al no estar descritos dentro de las subpartidas anteriores, este hace parte de dicha denominación (los demás).

Notas Legales

Conforme a las reglas utilizadas, se han tomado como base legal de la clasificación de este producto las siguientes:

Notas de sección

  1. En la Nomenclatura, se entiende por metal(es) común(es): la fundición, hierro y acero, el cobre, níquel, aluminio, plomo, zinc, estaño, volframio (tungsteno), molibdeno, tantalio, magnesio, cobalto, bismuto, cadmio, titanio, circonio, antimonio, manganeso, berilio, cromo, germanio, vanadio, galio, hafnio (celtio), indio, niobio (colombio), renio y talio

Notas Explicativas (79.07)

Esta partida incluye todas las manufacturas de zinc, excepto las comprendidas en las partidas precedentes de este Capítulo, en la Nota 1 de la Sección XV, en los Capítulos 82 u 83, o finalmente, en otra parte de la Nomenclatura.

Se clasifican aquí, en especial:

  1. Las puntas, clavos, grapas, alcayatas y demás artículos de los tipos descritos en las Notas Explicativas de las partidas 73.17 y 73.18.

En base a esto podemos deducir que la clasificación arancelaria de las cubiertas antideslumbrantes de molibdeno se encuentra descrita en:

Posición Arancelaria

Sección

 

XV: METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES

Capitulo

 

79: Cinc y sus manufacturas.

Partida

 

79.07: Las demás manufacturas de cinc.

Subpartida

 

7907.00.90.00 : - Los demás

Tributos Vigentes

Por concepto de tributos, para la importación de esta subpartida se deben considerar los siguientes valores:

Unidad física

 

Kilogramos

Ad-Valorem

 

0%

FODINFA

 

0.5%

IVA

 

12%

Medidas de restricción y autorización

Actualmente se puede encontrar las siguientes restricciones a esta subpartida:

Código de Régimen

 

Tipo de restricción

 

Requisito

Todos los regímenes (República Popular democrática de Corea)

Prohibición

Documentos de control previo

 

Conclusiones

Es de vital importancia analizar las características descritas del articulo objeto de clasificación, en este caso al encontrarnos con una manufactura echa de zinc y que a su vez según nuestro análisis, no se encuentra descrita en ninguna otra sección del arancel podemos concluir que las anillas de zinc para mallas son parte de la subpartida partida 7907.00.90.00

Recomendaciones

En el caso de metales es recomendado, tener presente la debida descripción del producto, ya sea este un metal puro, es decir sin alear y de igual forma aleaciones, ya que, para determinar una correcta clasificación arancelaria, es necesario tener en cuenta los aspectos técnicos del producto, debido a que, en el arancel nacional, se nos da pautas en las notas de sección, capitulo, partida y subpartida tanto de peso como de composición, para así darle una subpartida adecuada a cada producto.

Referencias

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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