Nombre comercial: Vidrio reflectivo sin trabajar

Subpartida arancelaria: 7005.10.00.00 
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Descripción del producto

El vidrio reflectivo (reflector) sin armar puede ser ampliamente utilizado para ventanas, puertas y muros cortina, su principal función es controlar el calor excesivo reflejando la energía solar incidente y absorbiendo el calor, retienen hasta el 94% de los dañinos rayos UV.

Características del producto

¿De qué está hecho?

El vidrio tiene una capa reflectante

Características

  • Son vidrios con efecto espejo
  • Son vidrios reflectivos

Uso

Se utiliza para realizar ventanas, puertas y demás.

Color

Se observan colores; verde, negro, azul, celeste, gris

Presentación

Metro cuadrado

 

Posición arancelaria 

Subpartida arancelaria

7005.10.00.00 -  Vidrio sin armar con capa absorbente, reflectante o antirreflectante

Sección

XIII: Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias analogas; productos ceramicos; vidrio y sus manufacturas

Capítulo 

70: Vidrio y sus manufacturas 

Partida 

70.05: Vidrio flotado y vidrio desbastado o pulido por una o las dos caras, en placas u hojas, incluso con capa absorbente, reflectante o antirreflectante, pero sin trabajar de otro modo.

 Reglas de clasificación

R1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si  no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

  • Al buscar la posición arancelaria de los vidrios reflectivos, se encontró una subpartida destinada de acuerdo a sus características y material que estaba hecho.

R6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Para la clasificación se tomó en cuenta las especificaciones de las notas de partida donde está establecido que dicha partida comprende este producto.

Notas explicativas

N.E: Pág 752-Tomo II-Párrafo 4 Y 5, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado

El vidrio de esta partida puede estar coloreado u opacado en la masa o chapado durante la fabricación con un vidrio de otro color o revestido de una capa absorbente, reflectante o antirreflectante. 

El cristal de esta partida se utiliza principalmente para el acristalado de puertas y ventanas, vehículos, barcos, aviones, etc., la fabricación de espejos, de encimeras para mesas, oficinas, alféizares, anaqueles, etc., o la fabricación de lunas de seguridad de la partida 70.07. 

Tributos

Arancel Ad Valorem

0%

Arancel Específico

0

Fodinfa

0,5%

I.C.E

0%

IVA

12%

Unidad Física

Metro cuadrado 

 Parte paraarancelaria

  1. No requiere INEN, ni ningún otro documento de control previo.
  2. Prohibida importación de Corea del Norte

 Conclusiones

Para clasificación arancelaria de vidrios de debe ver de qué material están hechos y para que están destinados y de acuerdo a esto realizar su clasificación arancelaria. Debido a que la clasificación arancelaria para los vidrios es demasiado amplia.

Recomendaciones

Para clasificar productos de esta rama es importante identificar si no es trabajado o ya es un producto final, se recomienda que se tome en cuenta el material de que están hecho y  tomar en cuenta las notas de partida y subpartida.

Referencias 

Resolución No. 020-2017 [República del Ecuador Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 Comunidad Andina (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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