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Introducción

El ratán es una especie de planta trepadora que crece adosada a los árboles en los bosques tropicales del Sudeste Asiático y África Oriental y puede llegar a crecer cientos de metros de longitud. Es una madera dura, considerada una de las más resistentes de la naturaleza.

El mimbre es menos resistente y duro que el ratán. El ratán es más flexible en sus acabados y trenzados (gana flexibilidad al humedecerlo). Permite curvarlo, anudarlo o trenzarlo, en cambio el mimbre tan sólo permite trenzarlo. Ya que es un material muy resistente, el ratán con un buen mantenimiento y cuidado puede durar hasta 10 años.

Descripción

Sillas en ratán natural confortables y elegantes. Sillas para restaurante con estructura en fibra natural y asiento tapizado con motivo de espiga.

Fibras naturales para muebles livianos y a la vez muy resistentes, idóneos para el equipamiento de locales públicos. Piezas elegantes y muy confortables para interiores de carácter natural.

Características:

Medidas: 53x47xh48/88cm

Material: Ratán natural

Tipo de silla: Con brazos

Reglas Generales Interpretativas

  • Regla 1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
  • Regla 4: Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.
  • Regla 6:La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas de la Partida

  1. Este Capítulo no comprende:
    • Los colchones, almohadas y cojines, neumáticos o de agua, de los Capítulos 39, 40 ó 63
    • Los espejos que se apoyen en el suelo (por ejemplo, espejos de vestir móviles) (partida 70.09)
    • Los artículos del Capítulo 71
    • Las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39) ni las cajas de caudales de la partida 83.03.
    • Los muebles, incluso sin equipar, que constituyan partes específicas de aparatos para la producción de frío de la partida 84.18; los muebles especialmente concebidos para máquinas de coser, de la partida 84.52.
    • Los aparatos de alumbrado del Capítulo 85
    • Los muebles que constituyan partes específicas de aparatos de las partidas 85.18 (partida 85.18), 85.19 u 85.21 (partida 85.22) o de las partidas 85.25 a 85.28 (partida 85.29).
    • Los artículos de la partida 87.14
    • Los sillones de dentista con aparatos de odontología incorporados de la partida 90.18, ni las escupideras para clínica dental (partida 90.18).
    • Los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares para aparatos de relojería).
    • Los muebles y aparatos de alumbrado que presenten el carácter de juguete (partida 95.03), billares de cualquier clase y muebles de juegos de la partida 95.04, así como las mesas para juegos de prestidigitación y artículos de decoración (excepto las guirnaldas eléctricas), tales como farolillos y faroles venecianos (partida 95.05).
    • Los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 96.20).
  2. Los artículos (excepto las partes) de las partidas 94.01 a 94.03 deben estar concebidos para colocarlos sobre el suelo.

           Sin embargo, se clasifican en estas partidas, aunque estén concebidos para colgar, fijar en la pared o colocarlos uno sobre otro:

  • Los armarios, bibliotecas, estanterías (incluidas las constituidas por un sólo estante o anaquel, siempre que se presente con los soportes necesarios para fijarlo a la pared) y muebles por elementos (modulares);
  • Los asientos y camas.
  1. Cuando se presenten aisladamente, no se consideran partes de los artículos de las partidas 94.01 a 94.03, las hojas, placas o losas, de vidrio (incluidos los espejos), mármol, piedra o cualquier otra materia de los Capítulos 68 ó 69, incluso cortadas en formas determinadas, pero sin combinar con otros elementos.
  2. Cuando se presenten aisladamente, los artículos de la partida 94.04 se clasifican en dicha partida, aunque constituyan partes de muebles de las partidas 94.01 a 94.03.

Nota Explicativa de Partida

94.01 ASIENTOS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 94.02), INCLUSO LOS TRANSFORMABLES EN CAMA, Y SUS PARTES.

– Asientos de ratán (roten), mimbre, bambú o materias similares:

9401.51 – – De bambú o ratán (roten).

Esta partida comprende, salvo las exclusiones que se citan después, todos los asientos (incluso los de vehículos, que cumplan las condiciones de la Nota 2 de este Capítulo) y principalmente:

Las sillas (incluidas las sillas transformables en escabeles), las sillas y asientos para niños (incluidos los asientos especiales para automóviles), las tumbonas (incluso las utilizadas para enfermos, equipadas con resistencias calentadoras), las hamacas y otros asientos plegables, los taburetes (incluidos los de piano, para dibujantes, mecanógrafos, etc.), los bancos y escaños, los taburetes con asiento relleno, las butacas, canapés, sillones, divanes, sofás, otomanas y asientos similares.

También se clasifican aquí los asientos (sillones, canapés, divanes, etc.), transformables en camas.

Por el contrario, se excluyen de esta partida:

  • Los escabeles con peldaños, especie de escalones (partidas 44.21 y 73.26, generalmente).
  • Los bastones-asiento (partida 66.02).
  • Los artículos de la partida 87.14 (por ejemplo, los sillines).
  • Los asientos giratorios, de velocidad regulable y de parada en seco, utilizados para exámenes sicotécnicos (partida 90.19).
  • Los asientos de la partida 94.02.
  • Los bancos y taburetes, incluso basculantes, para apoyar los pies, así como las arcas para lencería y similares que puedan utilizarse accesoriamente como asientos (partida 94.03).

Descripción Arancelaria

Sección:  XX MERCANCÍAS Y PRODUCTOS DIVERSOS

Capitulo: 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas.

Partida: 94.01 Asientos (excepto los de la partida 94.02), incluso los transformables en cama, y sus partes.

Subpartida: 

9401.53.00.00 - - De roten (ratán)*

Requisitos Arancelarios y Paraarancelarios

Tributos Vigentes

  • Ad Valorem: 30%
  • Fodinfa: 0,05%
  • IVA: 12%

Medidas de Restricción y Prohibición

  • Prohibición de ingreso al país proveniente de la República Popular Democrática de Corea.

Conclusiones

El ratán sintético o también llamado Ratán PE (si está hecho de polietileno), es un material que imita al ratán natural, pero con grandes ventajas como son su durabilidad y resistencia. El ratán natural se obtiene de plantas trepadoras procedentes de zonas tropicales, suelen ser tipo palmas con nudos entre hojas. Los muebles de ratán son muebles fabricados con uno de los materiales más antiguo en creación de mobiliario, especialmente para exterior. Generalmente tienen una estética muy exótica lo que hace que sean más utilizados para terrazas, balcones o jardines entre otros.

Por tal motivo podemos determinar junto con las reglas generales, que la posición arancelaria a la cual pertenece las sillas de ratán es 9401.53.00.00 - - De roten (ratán)*.

Recomendaciones

Es necesario tener en consideración cuáles son las características de nuestro producto, cuales, con sus componentes, sus características y su uso, para una correcta clasificación, ya que esto nos permitirá tener una noción más clara de cómo determinar la posición arancelaria a la cual corresponde el producto del cual estemos realizando su clasificación arancelaria. De igual manera es importante clasificar correctamente los productos debido a que esto puede llegar a afectar directamente el costo del producto. Una clasificación inexacta puede generar aranceles incorrectos, sanciones comerciales, retrasos en la aduana y otros problemas relacionados con la regulación del comercio.

Por lo tanto, clasificar de manera correcta es fundamental para garantizar que los productos no incurran en multas o sanciones. Una clasificación precisa puede ayudar al importador o exportador a aprovechar los acuerdos comerciales preferenciales y otros beneficios arancelarios.

Webgrafía

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.

 

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