Introducción
El extracto de guaraná es una sustancia obtenida de las semillas de la planta de guaraná, originaria de la región amazónica de América del Sur, principalmente de Brasil. Esta planta ha sido utilizada durante siglos por las tribus indígenas de la Amazonía debido a sus supuestos beneficios para la salud y su capacidad para proporcionar energía y aumentar la resistencia física.
La guaraná es conocido por su alto contenido de cafeína, que es uno de los principales componentes responsables de sus efectos estimulantes. Sin embargo, a diferencia del café, la guaraná también contiene otros compuestos naturales, como teobromina y teofilina, que pueden contribuir a su acción estimulante y aumentar la energía.
Es importante tener en cuenta que, como con cualquier suplemento o producto con contenido de cafeína, el exceso de consumo de extracto de guaraná puede llevar a efectos secundarios como nerviosismo, insomnio, taquicardia o problemas gastrointestinales. Por lo tanto, se recomienda seguir las dosis recomendadas y consultar a un profesional de la salud antes de comenzar cualquier suplementación, especialmente si tienes condiciones médicas preexistentes o si estás tomando otros medicamentos.
Reglas generales interpretativas
En este caso, para la clasificación arancelaria del Extracto de Semillas de Guaraná, se deben aplicar las Reglas Generales de Interpretación 1 y 6 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancía.
Es así aplicando la primer regla de interpretación de la nomenclatura, la cual indica que “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas; es así que en el arancel nacional de importaciones vigente en la Sección II, CAPITULO 13, Partida 13.02, se encuentran clasificadas los “JUGOS Y EXTRACTOS VEGETALES; MATERIAS PÉCTICAS, PECTINATOS Y PECTATOS; AGAR-AGAR Y DEMÁS MUCÍLAGOS Y ESPESATIVOS DERIVADOS DE LOS VEGETALES, INCLUSO MODIFICADOS.”
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
Posición arancelaria
Sección II: PRODUCTOS DE REINO VEGETAL
Capítulo 13: Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales
Partida: 13.02 Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agaragar y demás mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados.
Subpartida: 1302.19.99.00 – Los demas
Notas explicativas
Este Capitulo comprende:
- Jugos y extractos vegetales.
Con la expresión jugos y extractos vegetales, esta partida se refiere a un cierto número de productos vegetales, obtenidos comúnmente por exudación espontánea o por incisión, o por agotamiento con disolventes, siempre que estos jugos y extractos no estén expresados ni comprendidos en partidas más específicas de la Nomenclatura (véase la lista de exclusiones al final del apartado A) de la presente Nota explicativa). Estos jugos y extractos vegetales se diferencian de los aceites esenciales, de los resinoides y de las oleorresinas de extracción de la partida 33.01 en que, además de los constituyentes odoriferos volátiles, contienen una proporción mucho más elevada de otros constituyentes de la planta.
Los jugos suelen ser espesos o concretos. Los extractos pueden ser líquidos, pastosos o sólidos. Los extractos en solución alcohólica, llamados tinturas, contienen el alcohol utilizado para su extracción. Los extractos llamados extractos fluidos son, por ejemplo, soluciones de extractos en alcohol, glicerol o aceite mineral. Las tinturas y los extractos fluidos están generalmente normalizados.
Los extractos pueden ser simples o compuestos. Mientras los extractos simples proceden del tratamiento de una sola variedad de plantas, los extractos compuestos se obtienen por mezcla de extractos simples diferentes, o por tratamiento simultáneo de varias especies de plantas previamente mezcladas.
Por lo tanto, en virtud de la información técnica recibida y en aplicación de la regla 1 de clasificación, a la mercancía le corresponde clasificarse en la partida 13.02. Esta partida posee la siguiente estructura arancelaria con la que se procederá a determinar la subpartida arancelaria, en aplicación de la regla 6:
Información arancelaria
- IVA: 12%
- Ad Valorem: 0%
- Fodinfa: 0,5%
Unidad Física: Kilogramo Bruto
Medidas de restricción y prohibición
No tiene
Conclusiones
Gracias a las reglas interpretativas y las notas de capítulo, y en virtud de las consideraciones, revisiones y análisis se determina que la mercancía denominada comercialmente como “Extracto de Guaraná”, se clasifica dentro del Arancel Nacional de Importaciones Vigente, en la Sección II, Capitulo 13, partida 13.02, subpartida arancelaria - 1302.19.99.00 – Los demás.
Recomendación
Debemos identificar la mercancía mediante una descripción detallada de su naturaleza, composición, características, función y uso. Consultar las reglas interpretativas y notas explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) para encontrar la partida y subpartida arancelaria que mejor se ajuste a la descripción de la mercancía y de la información proporcionada por el fabricante.
Referencias
Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del ecuador
SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comentarios