QUÉ ES ?
Es la Base de Datos de los proveedores de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría, habilitados para participar en los procedimientos establecidos en esta Ley. Su administración está a cargo del Instituto Nacional de Contratación Pública y se lo requiere para poder contratar con las Entidades Contratantes.
BENEFICIOS
- Los proveedores pueden acceder a los diferentes procesos de contratación desde sus lugares de trabajo, domicilio, etc., y realizar todo el procedimiento subiendo la información necesaria para cada proceso.
- Pueden acceder a los Modelos de Pliegos Obligatorios de forma gratuita sin tener que cancelar valor alguno a las entidades contratantes.
- La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública da prioridad a los pequeños empresarios sobre los medianos, y a estos sobre los grandes empresarios, dando así igualdad de oportunidades entre los diferentes proveedores para que puedan contratar con el Estado, privilegiando a los productores locales, antes que a los provinciales, y a estos antes que a los nacionales; lo anterior se encuentra regulado a través de las diferentes herramientas del Portal.
- Adicionalmente, si los proveedores sienten que han sido vulnerado sus derechos respecto a su oferta podrán hacer sus reclamaciones de conformidad con el artículo 102 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
REQUISITOS PARA PERSONAS NATURALES
CONCLUSIONES
- Al tener RUP da prioridad a los pequeños empresarios sobre los medianos, y a estos sobre los grandes empresarios, dando así igualdad de oportunidades entre los diferentes proveedores
- Es acceder a los Modelos de Pliegos Obligatorios de forma gratuita sin tener que cancelar valor alguno a las entidades contratantes.
AUTOR: JOSELYN MEZA
BIBLIOGRAFIA: Servicio Nacional de Contraración Pública
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