INTRODUCCIÓN

El objetivo de este blog, radica en comprender el uso de medidas arancelarias para restringir las importaciones de un país. Para entrar en contexto es de suma importancia determinar definiciones de ciertas palabras, como tal es el caso de la palabra : IMPORTAR --> que significa adquirir bienes o servicios procedentes de otro país. Se realiza dicha acción comercial con el objetivo de adquirir productos que hay en el extranjero que no se pueden encontrar en nuestro territorio nacional, o en el caso de que haya, los precios sean superiores que en el país extranjero. Para realizar esta acción con éxito, es vital considerar lo siguiente:

9242243090?profile=original


Fig.1 ¿Cómo importar?

 

Como nota informativa cabe hacer mención que las importaciones han disminuido de forma exponencial en los primeros meses del año 2020 a causa de la pandemia por COVID-19, de tal forma que se ha previsto una reducción del comercio mundial en el mismo año, de entre el 13% y el 32% como consecuencia de la perturbación de la actividad económica normal y de la vida causada por la crisis sanitaria en todo el mundo.

Las importaciones, normalmente, suelen estar sujetas a restricciones económicas y reguladas por todos los países para la entrada de productos. Así, existen muchos convenios entre países para acordar normativas ventajosas para aquellos que los firman. La Unión Europea o la CAN, son un ejemplo claro. Entre el 16 de octubre de 2019 y el 15 de mayo de 2020, los miembros y observadores de la OMC aplicaron en total 363 nuevas medidas comerciales y relacionadas con el comercio, de las cuales 198 facilitaban el comercio y 165 lo restringían. Al inicio de la pandemia, varias de las medidas introducidas por los miembros y observadores de la OMC restringieron la libre circulación del comercio, principalmente de las exportaciones.

 

DESARROLLO:

Las restricciones están vinculadas a medidas arancelarias y no arancelarias, las últimas mencionadas, son disposiciones gubernamentales, diferentes al arancel y otros derechos, que tienen como efecto limitar o restringir el ingreso de determinados productos provenientes o destinados al extranjero, pues se les exige el cumplimiento previo de ciertos requisitos y especificaciones de carácter administrativo, financiero, cambiario, etc. El objetivo invocado para emitir estas disposiciones es la protección de determinado sector productivo nacional frente a la competencia extranjera. La OMC cuestiona este tipo de barreras, porque limitan la competencia libre y justa. Hay dos tipos usuales de barreras no arancelarias:

9242244267?profile=original

Fig.2 Tipos de barreras no arancelarias

Sin embargo,  se hará un enfoque especial a las barreras no arancelarias que vinculan un gravamen adicional, como por ejemplo: las salvaguardias, que son consideradas como una medida de recargo arancelario o equivalente que un país está autorizado por la OMC y la CAN a aplicar a un producto o a varios similares, para contrarrestar competencia desleal, de empresas o de gobiernos, que cause o amenace causar perjuicios graves a determinadas actividades productivas. Tiene carácter transitorio, no debe ser discriminatoria y rige siempre que no signifique reducción del consumo habitual en el país importador.

 

9242244862?profile=original

Fig.3  Principios generales, informe técnico sobre salvaguardias OMC

De acuerdo a lo que establecen los directivos de la organización ecuatoriana, SENPLADES (Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo ), dichas disposiciones referentes a las salvaguardias, permiten equilibrar la balanza de pagos. De igual forma se las consideran como una oportunidad para la producción nacional ya que esas  medidas facilitarán la substitución de productos importados por los nacionales y reducirán el crecimiento de las importaciones de bienes suntuarios (bien o productos de lujo)

9242245084?profile=original

En términos políticos, los Estados tienen el incentivo de aplicar los aranceles a los bienes importados porque, a corto plazo, consiguen encarecer los productos extranjeros, favoreciendo que los consumidores adquieran bienes nacionales y beneficiando así a la propia industria.

Así pues, uno de los países que ha entrado incluso en guerra comercial por aplicar estas políticas proteccionistas es:

  • Estados Unidos vs. China.

9242246260?profile=original

La guerra comercial se inicia a partir del momento en el que las políticas proteccionistas de un país comienzan a afectar a sus socios comerciales, los cuales, ante la pérdida de una posición comercial ventajosa, deciden actuar con represalias del mismo tipo para equilibrar la balanza de poder internacional.

9242246652?profile=original

Consecuencias de estas medidas impuestas por ambas partes, han afectado los índices bursátiles. En concreto, los primeros en resentirse fueron los índices de Wall Street, especialmente el Nasdaq, cuyas empresas dependen de la fabricación china. Incluso el ministerio de economía chino ya ha comenzado a devaluar su moneda como arma comercial.

Por el momento, los efectos de la guerra comercial están siendo perjudiciales para el desarrollo de la economía financiera global y, de mantenerse esta tendencia, todo apunta que las tensiones comerciales se intensificarán.

 

CONCLUSIÓN

El Estado debe apoyar la competitividad. Se debe permitir enfrentar esta situación extraordinaria en los mercados internacionales en los que se lucha constantemente, estableciendo una política comercial a largo plazo que mejore el bienestar nacional favoreciendo la eficiencia, las economías a escala y los incentivos para la innovación.

 

RECOMENDACIÓN

También se requiere que la función ejecutiva, a través del COMEX (caso Ecuador) baje los aranceles para que la importación de materias primas y maquinarias permita producir localmente con mayor competitividad.  Así, los consumidores podrían comprar productos importados y nacionales a mejores precios, generando oportunidades de nuevos empleos e impuestos. El proteccionismo y el exceso de impuestos causan lo contrario.

 

REFERENCIAS

 

AUTOR: Sabine Pico

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales