EL CONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES
Artículo 1.- Emitir dictamen favorable para reformar el Anexo 1 del Decreto Ejecutivo 592, publicado en el Suplemento al Registro Oficial 191 de 15 de octubre del 2007, en los siguientes términos:
El arancel mixto detallado en este artículo, deberá entrar en vigencia a partir del 1 de junio del 2010.
Artículo 2.- Disponer que la Corporación Aduanera Ecuatoriana, en conjunto con el grupo ad hoc del COMEXI, implementen un sistema de precios indicativos que permita mejorar el control de la valoración aduanera del calzado de importación. Dichos precios servirán de base obligatoria para la liquidación de los tributos al comercio exterior.
Esta resolución fue adoptada por el Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), en sesión llevada a cabo el 3 de febrero del 2010 y deberá publicarse en el Registro Oficial.
f.) Dr. Xavier Abad, Presidente, subrogante.
f.) Dr. Rubén Morán, Secretario.
Fuente: Registro Oficial Nº 135 del 23 de Febrero del 2010
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