EL CONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES
Artículo Unico.- En el artículo primero de la Resolución 533 del COMEXI, junto al número “468”, incorporar el número “485,”.
La reducción señalada en el artículo primero de la Resolución 533 también deberá operar para las partidas detalladas en la Resolución 485 del COMEXI, a partir del 23 de enero del 2010.
La presente resolución fue adoptada por el Pleno del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), en sesión celebrada el 28 de enero del 2010 y entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
f.) Eco. Nathalie Cely, Presidenta.
f.) Dr. Rubén Morán, Secretario.
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