images?q=tbn:ANd9GcSpx2T8x1wj0528KJ98mX2h6hhAcnIUKSg_QA8bp_zqiAO_XNA95ALa Secretaría General de la Comunidad Andina inició una investigación a fin de determinar si la Resolución 116 del Comité de Comercio Exterior de la República del Ecuador (COMEX) y sus posteriores modificaciones, constituyen una restricción al comercio en los términos establecidos en el Acuerdo de Cartagena.

La Resolución 116 establece la presentación de un “Certificado de Reconocimiento”, así como de sus Reglamentos Técnicos Ecuatorianos (RTEs) como parte del control previo a la importación para un conjunto de 293 subpartidas arancelarias, lo cual podría estar configurando una restricción al comercio en los términos establecidos en las normas andinas.

El lunes, el vicepresidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil (CIG), Alberto Salvador, expresó su preocupación por la medida tomada por Perú de exigir a determinados productos ecuatorianos un aval bancario, además del certificado de origen, lo que incrementa los costos y entorpece la exportación.

Salvador considera esta medida como una clara retaliación comercial del país vecino. El sector más afectado sería el de los electrodomésticos.

No obstante, esta exigencia fue catalogada como positiva, especialmente para el productor y el emprendedor ecuatoriano  ya que con esta resolución se prevé reducir 800 millones de dólares en importaciones. La aplicación de esta resolución y el entorno comercial del país ha logrado que empresas embasadoras  extranjeras y ecuatorianas amplíen su capacidad de producción y así evitar el trámite de un certificado de reconocimiento que tiene costos, tiempos de vigencia y plazos.

A continuación se adjunta información importante para la obtención del certificado previo a la importación de las subpartidas especificadas en la Resolución 116 la cual afecta a la Resolución 450 del COMEX:

Información básica para obtener el reconocimiento de los Certificados de conformidad con Norma emitidos en origen a través del formulario INEN-1

Certificado de Reconocimiento de Conformidad con Reglamento 247,00  USD
Certificado de Productos no sujeto a Reglamento Técnico 247,00 USD

certificado-de-conformidad-de-primera-parte.PDF

Fuente: Comunidad Andina, Ministerio de Industrias y Competitividad, Instituto Ecuatoriano de Normalización

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