Primero se debe tener en cuenta que este tipo de trámites está dirigido hacia pescadores industriales, armadores industriales y empresas pesqueras.
Armador industrial: Persona natural o jurídica que representa y/o administra una o más embarcaciones industriales.
Empresa pesquera: Agente económico con autonomía, dedicada a las actividades de: extracción, movilización, procesamiento y comercialización de recursos bioacuáticos.
Pescador industrial: Persona que realiza la actividad extractiva con uso de herramientas, equipos técnicos y tecnológicos, sistemas de pesca hidráulicos, mecanizados y tecnificados.
Los requisitos para la importación marítima pueden ser:
Importación aérea o terrestre:
- Certificado de captura del país de pabellón o documento similar.
- Certificado de origen del país de pabellón
- Certificado Sanitario.
- Conocimiento de embarque B/L.
- Factura proforma.
- Licencia vigente o permiso de pesca de la embarcación que capturó el recurso, matrícula y/o registro de la embarcación que capturó el recurso.
Existe otros requisitos como:
- Certificado de trasbordo
- Certificado de análisis de calidad
- Registro del tracking de la faena de pesca de la embarcación
El certificado de captura deberá adjuntarse por cada buque que capturó el recurso pesquero.
Para la importación marítima a través de Buques de bandera extranjera y portacontenedores deberá adjuntar obligatoriamente:
Registro del tracking de la faena de pesca de la embarcación .
Autor: Yajaira Majin
Bibliografía: Portal único de trámites ciuddanos, https://www.gob.ec/mpceip/tramites/autorizacion-importacion-productos-pesca-procesados-harina-pescado
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