REQUISITOS PARA EXPORTAR PRODUCTOS ORNAMENTALES

Un operador de comercio exterior debe conocer todos los procedimientos y requerimientos necesarios para que el producto a ser exportado no tenga ninguna restricción al momento de salir del país e ingresar a mercados internacionales.

Las personas naturales o jurídicas que deseen exportar flores deben capacitarse y realizar los siguientes pasos:

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RESUMEN

Los documentos requeridos para el registro en Agrocalidad como productor o exportador de productos ornamentales son los siguientes:

  • RUC, copia de cédula
  • Constitución de la empresa, nombramiento del representante legal (persona jurídica),
  • Croquis de ubicación del centro de acopio (exportador) y cultivo (exportador - productor)
  • Factura de pago según la solicitud de registro.

 

Los documentos requeridos para obtener el certificado fitosanitario de los productos ornamentales  son los siguientes:

  • Registro como operador en Agrocalidad
  • Copia del manifiesto de embarque
  • Factura proforma u otro documento que indique información del envío.
  • En el caso de pre-inspección se emitirá un certificado provisional que se canjeará por el Certificado Fitosanitario en el punto de control. En el caso de una inspección una vez aprobada se otorgará el Certificado Fitosanitario para el envío a realizarse.

 

CONCLUSIONES

Para obtener el certificado fitosanitario previamente el operador debe estar registrado ante la entidad regulatoria como usuario lo que una vez aprobado se emite al usuario un certificado de registro y un código de registro los cuales avalan el registro como operador en Agrocalidad.

El certificado fitosanitario es reconocido internacionalmente y se lo requiere por cada exportación. Este certificado se debe solicitar máximo dos días antes del despacho de la mercancía.

Previa a la exportación se debe solicitar una inspección o pre-inspección y; si el lugar de acopio o cultivo sea fuera del lugar de salida de la carga esto se realiza en el punto de control que son Aeropuertos, Puertos Marítimos, Pasos Fronterizos o en las coordinaciones provinciales de Agrocalidad en el caso de una pre-inspección.

 

RECOMENDACIONES

Los operadores de comercio exterior deben tener en cuenta previo a la exportación de cualquier producto ornamental verificar su estatus fitosanitario con su país de destino, ya que algunos productos pueden requerir certificado pero otros productos no; lo que nos ocasionaría pérdidas económicas y de tiempo en el proceso.

Para más información, consultar el Acuerdo 390, el cual detalla el Programa de Certificación Fitosanitaria de Ornamentales de Exportación (PCFOE), el cual establece procedimientos y artículos reglamentados para la exportación de Productos Ornamentales

 

FUENTE

PROECUADOR, Requisitos para exportar productos ornamentales, Consultado: 22/02/2015, Disponible en: http://www.proecuador.gob.ec/wp-content/uploads/2013/11/Flyer-FLORES-C.pdf

AUTORA

Karen Egas

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