Por inicio de actividades en el nuevo aeropuerto internacional Mariscal Sucre en Tababela se expidió la resolución SENAE-DGN-2013-0052-RE, a través de la cual se establecen los plazos para la transición. Ante ello es necesario recordar a los operadores de comercio exterior lo siguiente:

 

Los depósitos temporales, almacenes especiales, almacenes libres y empresas autorizadas para realizar actividades de Courier y las paletizadoras, que realicen operaciones con mercancía que ingrese o salga del país a través del aeropuerto internacional en la jurisdicción del Distrito Quito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, deberán contar con las instalaciones correspondientes dentro del perímetro delimitado como de zona primaria por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en el nuevo aeropuerto internacional.

 

Para que las instalaciones entren en funcionamiento, las solicitudes deben ser ingresadas antes del inicio de operaciones del nuevo aeropuerto internacional Mariscal Sucre en Tababela o hasta 1 mes después de dicha fecha. Solicitudes ingresadas fuera de este plazo deberá cumplir con todos los requisitos legales y reglamentarios para poder obtener su autorización. El plazo de un mes vence el 20 de marzo de 2013.

 

Los Almacenes Libres y Almacenes Especiales (Duty Free) tienen un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de cierre de operaciones del actual aeropuerto internacional en Quito, para el traslado de toda la carga que exista en las instalaciones del aeropuerto ubicado en el área urbana de la ciudad de Quito, hacia el nuevo aeropuerto internacional, ubicado en la parroquia Tababela.

 

Además los Operadores de Comercio Exterior deberán mantener vigentes las garantías aduaneras que amparen los eventuales tributos de todas las mercancías que están en sus instalaciones.

 

CONCLUSION:

 

La comunicación permanente y la solución de problemas, permiten a todos los Operadores de Comercio Exterior beneficiarse y poder operar con normalidad, aunque todavía existen ciertos vacios que deben ser subsanados.

 

FUENTE:

 

http://www.aduana.gob.ec

 

 JENNY ELIZABETH SANCHEZ

 

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