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PRODUCTO: Betún para zapatos.

ACERCA DEL PRODUCTO:

El betún para zapatos es un producto diseñado para limpiar, nutrir, y dar brillo a los zapatos, ya sean de cuero, charol o cualquier otro material similar.

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:

  • Limpieza: El betún para zapatos suele contener agentes limpiadores que eliminan la suciedad, el polvo y las manchas de los zapatos. Ayuda a mantener la apariencia limpia y presentable del calzado.
  • Nutrición del Cuero: Muchos betunes contiene ingredientes acondicionadores que ayudan a mantener el cuero flexible y prevenir la sequedad. Esto es crucial para prolongar la vida útil de los zapatos, especialmente en climas secos o condiciones adversas.
  • Protección contra el Agua: Algunos betunes para zapatos contienen ingredientes repelentes al agua, lo que ayuda a proteger los zapatos de la humedad y evita que el cuero se deteriore debido al contacto con el agua.
  • Brillo: Una de las funciones más conocidas del betún es proporcionar brillo a los zapatos. Esto se logra mediante la aplicación de una capa uniforme de betún y el posterior pulido con un cepillo o un paño suave.
  • Variedad de Colores: Existen betunes para zapatos disponibles en una variedad de colores para adaptarse a diferentes tonalidades de calzado. Esto permite mantener o restaurar el color original de los zapatos.

REGLAS INTERPRETATIVAS

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

REGLA 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

SECCIÓN VI: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

CAPÍTULO 34: Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable

PARTIDA 3405:Betunes y cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plástico o caucho celulares, impregnados, recubiertos o revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida 34.04.

 

REGLA 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Ahora aplicando la regla general 6 se determina la subpartida del producto. 

SUBPARTIDA 3405.10.00.00: - Betunes, cremas y preparaciones similares

NOTAS EXPLICATIVAS

NOTAS DE PARTIDA 3405: Esta partida comprende el betún y las cremas para el calzado, los encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metales (plata, cobre, etc.), así como las mezclas en pasta o en polvo para fregar (los utensilios de cocina, fregaderos, baldosas, cocinas, etc.) y las preparaciones similares. La partida comprende también las preparaciones similares que tengan propiedades protectoras. Según los casos, estas preparaciones son a base de ceras, de abrasivos o de otras materias. Se pueden citar entre estas preparaciones:

1) El betún y los encáusticos que consisten en ceras impregnadas con esencia de trementina, o emulsionadas en medios acuosos y frecuentemente con colorantes añadidos.

2) Los abrillantadores (lustres) para metales y los abrillantadores para vidrio constituidos por materias abrasivas muy blandas, tales como la creta o el Kieselguhr, en una emulsión de white spirit y de jabón líquido.

DESCRIPCIÓN ARANCELARIA:

SECCIÓN VI: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

CAPÍTULO 34: Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable

PARTIDA 3405:Betunes y cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plástico o caucho celulares, impregnados, recubiertos o revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida 34.04.

SUBPARTIDA 3405.10.00.00: - Betunes, cremas y preparaciones similares para el calzado o para cueros y pieles

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Código del tributo

Valor del tributo

AD-VALOREM

20%

FODINFA

0.5%

IVA

12%

 

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

  • Prohibición: Todo régimen de importación con la república popular de Corea

CONCLUSIÓN

El betún para zapatos, al ser un producto utilizado para el cuidado y mantenimiento del calzado, generalmente se clasifica en categorías arancelarias que abarcan productos químicos o preparaciones destinadas al tratamiento de superficies. Puede incluirse en secciones relacionadas con productos de cuidado personal, productos para el cuero o calzado, dependiendo de la estructura arancelaria específica de cada país.

RECOMENDACIÓN

Para obtener una clasificación arancelaria precisa y específica para el betún para zapatos, se recomienda consultar la legislación aduanera del país en cuestión. Los códigos arancelarios y las tarifas pueden variar, y algunos países pueden tener disposiciones específicas para productos de cuidado personal o del calzado. Además, las autoridades aduaneras suelen proporcionar asistencia y orientación para determinar la clasificación correcta de un producto.

BIBLIOGRAFÍA

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2023/03/Resolucio%CC%81n-002-2023.pdf

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