Introducción

Ante la pandemia de COVID 19, todos los países viven un escenario de incertidumbre con graves problemas principalmente económicos, algunos de estos no tienen recursos propios, lo que les obliga constantemente a hacer parte del comercio mundial entre exportaciones e importaciones. Es así que, los protocolos y revisiones anteriores quedaron prácticamente obsoletas, pues no eran lo suficientemente eficientes para determinar si un producto esta infectado por el virus mundial que hace aproximadamente un año acaba de aparecer, del cual aún investigan formas efectivas para su detección en procesos de logística de una mercancía.

Según (EL COMERCIO, 2020) El Ministerio de Producción debe cumplir con los protocolos de bioseguridad que aplican los establecimientos a través de una inspección virtual. El 63% de envíos del crustáceo ecuatoriano va a China, el principal mercado, según la Cámara Nacional de Acuacultura. Entre enero y junio de este año se exportó a ese destino 482,2 millones de libras de camarón, que equivalen a USD 1 186 millones.

Desarrollo

Según (PRIMICIAS , 2020)  La Cancillería, a través del embajador de Ecuador en Beijing, Carlos Larrea, suscribió el protocolo sanitario para la exportación de camarón a China. Por la parte china, el acuerdo fue firmado por el Viceministerio de la Administración General de Aduanas.

A través del instrumento firmado, Ecuador y China fortalecerán la inspección, cuarentena y verificación de requisitos sanitarios, para facilitar las exportaciones del producto. Este instrumento bilateral servirá para fortalecer los procedimientos de inspección, cuarentena y verificación de requisitos sanitarios de las exportaciones a China. 

Según (Pudeleco , 2020) El ministerio de producción, comercio exterior, inversiones y pesca bajo el acuerdo No. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0012, se determina que:

La entidad encargada de emisión de certificados y control de cumplimiento de este acuerdo es la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad.

ARTÍCULO 2.- El Establecimiento procesador/exportador de camarón deberá contar con la habilitación sanitaria de la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad y constar en el listado oficial de establecimientos autorizados a exportar a China.

ARTÍCULO 3.- Para la exportación de camarón congelado se requiere que se realice el control de virus de la mancha blanca (WSSV) para cada lote, a través del análisis de Reacción en Cadena de Polimerasa (PCR) y se emita el certificado de calidad correspondiente por parte del Laboratorio de la Subsecretaría de Calidad debidamente autorizado.

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ARTÍCULO 4.- Para solicitar el análisis de mancha blanca (WSSV) el establecimiento exportador deberá entregar, una muestra congelada de producto por cada lote a exportase, y una cara detallando lo siguiente:

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ARTICULO 6.- Los informes de resultados de análisis serán válidos hasta para quince embarques/exportaciones (diferentes facturas), siempre que correspondan al mismo lote.

ARTÍCULO 7.- Se deberá generar un certificado de calidad por cada certificado sanitario de exportación, en base a los informes de resultados de análisis del lote (s) a exportar.

ARTÍCULO 8.- Cada vez que se utilice un lote analizado para una nueva exportación, se presentará a la Unidad de Certificación, una carta detallando lo siguiente:

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ARTÍCULO 9.- Los informes de resultados de análisis emitidos tendrán una validez de 90 días a partir de la fecha de expedición. En caso de hacer una exportación del mismo lote, después del tiempo señalado, el establecimiento deberá volver analizar dicho lote.

Fraude documental o falsificación

ARTÍCULO 10.- En caso de detectarse fraude documental o falsificación de la importación proporcionada, la subsecretaría de Calidad e Inocuidad procederá a anular los Certificados Sanitarios y de Calidad correspondientes a los embarques en los que se haya detectado las anomalías. En caso de que el producto ya haya sido exportado, la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad notificará a la autoridad sanitaria de la República Popular de China, para que se implementen las acciones correspondientes.

En caso de reincidencia, la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad suspenderá, para el establecimiento infractor, la emisión de Certificados Sanitarias y de Calidad para exportación a China y será removido de la lista de establecimientos autorizados a exportar a ese mercado.

Conclusiones

  • La exportación del camarón ecuatoriano representa una significativa parte en la balanza económica, y así se ha mantenido a través de los años, debido a su calidad, tamaño, sabor y seguridad alimentaria que siempre se ha ofrecido a los mercados internacionales.
  • La pandemia COVID 19 ha cambiado las cadenas logísticas de todo el mundo, de manera que ahora lo que se busca principalmente es abastecer de lo principal a las naciones (salud y alimentos), para esto los exportadores e importadores se adaptan a los nuevos protocolos.
  • China es un mercado internacional muy importante para Ecuador, por años se han mantenido negociaciones y no solo con el camarón, por tal motivo, resulta de vital importancia incrementar las exportaciones del camarón, pero sería magnifico darle un valor agregado y a la vez una diferenciación a nivel internacional.

 

Recomendaciones

  • Pese a que Ecuador tenga ventaja por la calidad de producto que se ofrece, es necesario que consiga certificaciones para el camarón, caso contrario no tendrá ventaja competitiva por mucho tiempo.
  • Los protocolos internacionales han cambiado y los exportadores deberán cumplir con los requisitos necesarios, incrementar en su cadena de logística controles estrictos ante el COVID 19, minimizar procesos para reducir la intervención de personas que manipulen directamente la mercancía en cuestión, entre otros. 
  • Ecuador debería no vender solo camarón congelado sino un producto que agregue valor que brinde oportunidades para entrar a varios países, ahora más que nunca se busca incrementar el PIB por medio de las exportaciones.

Fuentes

 

Autora: Andrea Quilumba

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