REGLAMENTO DEL CERTIFICADO DE ORIGEN

INTRODUCCION

El certificado de origen constituye un documento físico o electrónico a ser presentado en la Aduana de destino, el mismo que estará basado en los formularios definidos en los acuerdos comerciales suscritos por el Ecuador o aquellos formatos determinados por los países que conceden preferencias arancelarias unilateralmente.

 

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La fecha de certificación deberá ser coincidente o posterior a la fecha de emisión de la factura comercial.

RESUMEN

Para la emisión de los certificados de origen se deberá cumplir con los requisitos siguientes:

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Podrán emitirse certificados de origen posteriores al embarque, de manera excepcional, mismos

que para su emisión deberá remitirse la siguiente documentación:

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 CONCLUSION

Es el documento que tiene por finalidad acreditar y garantizar el origen de las mercancías,de tal manera que permitan beneficiarse de las preferencias o reducciones arancelarias que otorgan los Estados en el marco de los tratados o acuerdos comerciales internacionales o regímenes preferenciales.

 FUENTE

Registro Oficial Nº 390

AUTOR

ANA VARELA

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