Las personas con discapacidad y personas jurídicas encargadas de su atención, pueden importar bienes y vehículos para su uso exclusivo, con exenciones del pago de tributos al comercio exterior de acuerdo a su porcentaje de discapacidad; para lo cual se debe registrar la solicitud de exoneración de tributos.

Sus beneficiarios son aquellas personas que hayan sido debidamente calificados por la Autoridad Sanitaria Nacional (Ministerio de Salud Pública) con un porcentaje de discapacidad del 30% o superior, cualquier persona natural y persona jurídica.

El principal objetivo del SENAE es describir en forma secuencial las tareas para agilizar el proceso de la elaboración de la solicitud de Registro de Usuario de persona con discapacidad del portal externo denominado Ecuapass, a través de la opción “Registro de usuario para persona con discapacidad”. Para lo cual vamos a cumplir con una serie de pasos que se detallan a continuación:

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En conclusión, la implementación del Registro de Usuario para personas con discapacidad ofrece muchas ventajas al facilitar trámites de importación como lo es, la importación de vehículos donde acorde a su discapacidad existe un porcentaje de exoneración de tributos logrando así mejores beneficios para personas con discapacidad.

Fuente:

https://www.aduana.gob.ec/para-personas-con-discapacidad/#accordion-7-t1

Autor: Carlos Correa

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