Introducción

Como es de conocimiento, existen ciertas circunstancias en las cuáles una mercancía es aprehendida y el SENAE toma posesión de aquellas y les da ciertos destinos según los diferentes criterios, es por lo tanto, indispensable conocerlos para que los procesos a seguir sean los correctos y cumplan con los objetivos y las competencias al servicio del país.

Desarrollo

Ahora, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en especial el departamento de Zona Primaria, Peritajes, tiene como competencia el control aduanero y los procesos comentados anteriormente tienen su fundamento legal en la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2018-0187-RE, la cuál tendrá el objetivo de determinar el trato de dicha mercancía aprehendida para que cumpla con los destinos correspondientes, adjudicación, donación, subasta o destrucción, todos estos pasos deben ser registrados en el sistema informático ECUAPASS y en este apartado se hablará del registro de una destrucción en el sistema.

Para ello se utilizará el módulo SISTEMA DE CARGAS DE IMPORTACIÓN:

  • Administración de Abandonos
  • Destrucción
  • Registro de destrucción de mercancías 

Como lo indica la siguiente imagen:


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Imagen 1 

Fuente: ECUAPASS

Una vez dentro de todas las pestañas el sistema pedirá las evidencias de haber realizado la destrucción de la mercancía, de esta manera se lleva el control y se evita malos entendidos, para ello se registran, fotografías y/o videos de la respectiva destrucción, memorandos que la facultan, lugar y hora de la destrucción y los informes de los técnicos operadores que supervisan dicha operación.

Conclusión

  • Al ser el control aduanero competencia del SENAE, el registro documental que sirva de evidencia en el sistema informático oficial de la Aduana, ECUAPASS, de todas las operaciones es un requisito indispensable para cumplir con ello.

Recomendación

  • Se recomienda que para mayor conocimiento de los diferentes destinos que puede tener una mercancía aprehendida se realice una capacitación en las leyes que lo respaldan de esta manera los procesos de agilizaran y se volverán más eficientes con el sustento legal correspondiente.

Referencias

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2018). Resolución Nro. SENAE-SENAE-2018-0187-RE.

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