Introducción
Este instructivo busca describir de forma secuencial las tareas necesarias para realizar el registro de etiquetas fiscales por daño, pérdida, robo o sobrante en el portal externo del sistema informático denominado Ecuapass, específicamente en la opción Registro de Etiquetas fiscales por daño, pérdida, robo o sobrante. Este procedimiento está dirigido a los importadores y/o Agente de Aduana, según corresponda el caso.
Es importante recordar que las mercancías sujetas al etiquetado fiscal son: licores tales como whisky, vodka, tequila y ron importados bajo régimen de depósitos aduaneros para su posterior etiquetado fiscal y nacionalización por importación a consumo. Tomemos en cuenta que las etiquetas especiales no reutilizables luego de su primera colocación y van a ser utilizadas como un mecanismo de verificación que es utilizado por la autoridad aduanera.
Desarrollo
1. Acceda al navegador de Internet e ingrese al portal Ecuapass, a través de la dirección electrónica https://portal.aduana.gob.ec/. Se debe ingresar el usuario y la contraseña correspondiente.
2. En el menú principal se debe dar clic en “Trámites Operativos”, se despliega la lista del sub-menú en dónde se debe pulsar “elaboración de e-Doc operativo” y escoger la opción “Formulario de solicitud categoría”.
3. En el detalle de la opción se presentan 2 pestañas, se procede a dar clic en la pestaña “Despacho Aduanero”
4. Los documentos electrónicos que se presentan se encuentran categorizados como “Importación” y “Exportación”, para lo cual el usuario seleccionará en la sección de “Importación” la opción “Registro de Etiquetas por Daño, Pérdida, Robo o Sobrante”.
5. Se presenta la pantalla “Registro de Etiquetas por Daño, Pérdida, Robo o Sobrante”
6. Es esta pantalla se ingresarán los datos correspondientes.
- DAI: Se ingresa el número de declaración aduanera de importación conformada por el código de aduana(3)+año(4)+código del régimen (2) + secuencial (8).
- Series Impresas: Se muestran los ítems que se encuentran registrados bajo el número de DAI y llenar los demás campos.
- Solicitudes: Se muestra el resultado de las solicitudes, que ya hayan sido ingresadas por el usuario, detallando los campos solicitados.
- Información de series de etiquetas: Se debe ingresar la información de series de etiquetas, detallando los campos solicitados.
Conclusiones
- Las mercancías sujetas al etiquetado fiscal son: licores tales como whisky, vodka, tequila y ron importados bajo régimen de depósitos aduaneros para su posterior etiquetado fiscal y nacionalización por importación a consumo
- El procedimiento para el registro de las etiquetas por daño, perdida, robo o sóbrate es: Ingreso al Ecuapass, Elaboración de e-Doc operativo y escoger la opción Formulario de solicitud categoría, Despacho Aduanero, Registro de Etiquetas por Daño, Pérdida, Robo o Sobrante, Ingreso de información: DAI, Series Impresas, Solicitudes, Información de Series de Etiquetas (Anuladas).
Recomendación
Los importadores de este tipo de producto y sus Agentes de Aduana deberían conocer el procedimiento de registro de por daño, perdida, robo o sóbrate, para que de esta manera puedan dar de baja a las etiquetas que ya no sean útiles y se puedan evitar posibles actos de corrupción con los códigos que no se han usado y en su defecto puedan ser reasignados a nuevos productos.
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