INTRODUCCIÓN:
Régimen aduanero que permite almacenar las mercancías que llegan al territorio aduanero bajo control de Aduana, en lugares autorizados, sin el pago de los tributos de importación siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono.Podrán destinarse a este régimen mercancías provenientes del exterior o de una feria internacional.Se podrá solicitar este Régimen, dentro de los 30 días hábiles contados a partir del día siguiente del término de la descarga.
DESARROLLO:
RESUMEN:
Es el régimen de importación según el cual las mercancías importadas son almacenadas por un período determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado y reconocido para esta finalidad, son el pago de los derechos e impuestos y recargos.
CONCLUSIONES:
El régimen de importación de depósito aduanero tanto privado como plúblico pertenecen a la misma codificación deltro del Ecuapass, el código uq identifica a este régimen es 70. Se puede almacenar bajo este régimen toda clase de mercancías, con restricciones de las mercancías mencionadas en el art. 147 al Reglamento del Libro V del Copci.
RECOMENDACIONES:
Se debe tener en cuenta el plazo de permanencia que tienen las mercancías en el depósito, ya que el incumplimiento conlleva al abandono tácito de las mercancías.
FUENTE:
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE
http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action
Wiki Aduanera Ecuatoriana
http://wikiaduanera.org/index.php?title=COPCI_LIBRO_V_por_Art%C3%ADculos
DePeru.com
http://www.deperu.com/abc/importacion/4319/regimen-de-deposito-de-aduanas
AUTOR:
Dayanara Hernández
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