El Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo es el régimen en el cual las mercancías ingresan al territorio ecuatoriano para un proceso de perfeccionamiento, reparación, maquila o acondicionamiento. Este régimen se encuentra en el artículo 131 del Reglamento del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (COPCI), posee el código 21. Para poder importar mercancías bajo este régimen se debe:

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El plazo de permanencia de las mercancías dentro del territorio ecuatoriano será máximo de un año con una extensión de un año más.

El Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo culmina cuando la mercancía ingrese a zona primario para su reexportación o cuando el importador solicite un cambio de régimen.

 

Conclusiones

  • El Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo beneficia a los importadores con una suspensión del 100% de los tributos al comercio exterior a pagar.

Recomendaciones

  • Los importadores deberán determinar cuándo tiempo va a permanecer la mercancía en el territorio ecuatoriano para solicitarlo al SENAE y evitar extensiones innecesarias o incumplir con los plazos establecidos en el COPCI.

Glosario

  • COPCI: Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones.
  • Fuente Energética: Combustibles, Lubricantes o cualquier fuente que produzca calor o energía.

Autor

Mateo Flores

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