El régimen de importación de admisión temporal para reexportación en el mismo estado es aquel que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero nacional con una exención total o parcial de los tributos aduaneros para que puedan utilizarse con un fin determinado, sin embargo, estas mercancías una vez que se cumpla el plazo de permanencia determinado deberán ser reexportadas sin ningún tipo de modificación alguna.

¿Para qué fines se pueden importar mercancías bajo este régimen?

En el Reglamento al libro V del Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones se detallan 9 casos en los que una mercancía puede acogerse a este régimen:

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En el caso de las mercancías que ingresen bajo los casos d, e, g y h, tendrán un plazo de permanencia dependiendo del establecido en el contrato, permiso, concesión o autorización; si el plazo se mayor a 5 años se deberá presentar una declaración aduanera que actualice la declaración inicial. Para el resto de los casos, el plazo será de hasta máximo un año contado a partir de la fecha del levante, este podrá ser prorrogable siempre y cuando se haya solicitado en primer lugar un plazo menor a 1 año. Es importante considerar las siguientes especificaciones:

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Se culmina este régimen cuando la mercancía sea reexportada, cambie de régimen o de destino: destrucción o ZEDE.

Conclusiones

El régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado permite la importación de mercancías que signifiquen un beneficio o ayuda a sectores estratégicos como el turista y pesquero, se pueden acoger a este régimen el sector público o privado.

Recomendaciones

Antes de importar una mercancía bajo este régimen es necesario considerar el articulado correspondiente, por ejemplo si es de reposición de partes y piezas o si se trata de un vehículo que deba depreciarse. Lo más recomendable es que se haga bajo la guía de un operador experto en el tema.

Fuentes               

Asamblea Nacional. (2010) Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Recuperado de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/Copci.pdf

Correa, R. (2011). Reglamento al título de la facilitación aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Recuperado de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/RCopci.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2021). Regímenes aduaneros. Recuperado de https://www.aduana.gob.ec/regimenes-aduaneros/

Autor: Andrea Jimbo Bedón

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