DAT (Delivered at Terminal)

  • El vendedor entrega las mercancías una vez descargadas del transporte de llegada, se ponen a disposición del comprador en una terminal en el puerto o lugar de destino.
  • “Terminal” incluye cualquier lugar: muelle, bodega, patio de contenedores, ferrocarril o terminal aérea.
  • El vendedor asume los riesgos por llevar las mercancías y descargarlas en la terminal.
  • Las partes deben especificar el lugar dentro de la terminal en el que se llevará a acabo la entrega.
  • Si las partes requieren que el vendedor asuma los gastos y riesgos desde la terminal hasta otro lugar, deberá utilizarse DAP o DDP.

DAP (Delivered at Place)

  • El vendedor entrega, cuando las mercancías se ponen a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada listas para la descarga en el lugar de destino acordado.
  • El vendedor asume todos los riesgos por llevar las mercancías al lugar de destino convenido.
  • Las partes deben de precisar el lugar donde se llevará a cabo la entrega.
  • Si el vendedor incurre en gastos referentes a la descarga de la mercancía en el lugar de destino, no tendrá derecho a recuperarlos salvo que lo hayan acordado entre las partes.
  • Si las partes desean que el vendedor realice el despacho a la importación, se deberá utilizar el término DDP.

DDP (Delivered Duty Paid)

  • El vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador despachada a la importación y en el medio de transporte contratado por el mismo, SIN descarga en el lugar convenido.
  • El vendedor asume todos los riesgos ocasionados por llevar las mercancías al lugar de destino convenido y tiene la obligación de realizar el despacho aduanero a la importación pagando impuestos, derechos y cumpliendo con las demás formalidades correspondientes.
  • Representa la máxima obligación para el vendedor.
  • Las partes deben precisar el punto de entrega así como los riesgos que correrán a cargo del vendedor.
  • Si el vendedor incurre en gastos referentes a la descarga en el lugar de destino convenido no tendrá derecho a recuperarlos salvo que se haya acordado entre las partes.
  • No se podrá utilizar DDP si el vendedor no es capaz de realizar el despacho a la importación.

COMENTARIO

  • La correcta apliacion de los INCOTERMS, nos lleva a un comercio mucho más ágil y dinámico, porque si no los sabemos utlizar de acuerdo a nuestra necesidad se podrian dar a malas interpretaciones, o no utlizar el término indicado, con el que estemos planificando.

RECOMENDACIONES

  • Los Incoterms no son leyes, esos hay que tenr muy en cuenta la correcta aplicación viene de la mano del conocimiento de la teoria como de las obligaciones que con lleva cada participante en el coemrcio exterior, por esta razón siempre tenemos que estar en un continuo aprendizaje.

Bibliografía

  • INCOTERMS 2010 DE LA CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL (ICC )

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