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RECOMENDACIONES

  • En el caso de evidenciar inconsistencias que ponga en duda la veracidad de los documentos
    habilitantes se pondrá en conocimiento a la Dirección Ejecutiva del SAE para que se tomen las
    acciones administrativas, legales correspondientes.
  • Cuando los certificados de conformidad hayan sido emitidos por un OEC que no se
    encuentre acreditado por una entidad reconocida por el SAE, dentro de los acuerdos de
    reconocimiento mutuo IAF/ILAC.
  • Cuando el certificado de conformidad y/o la acreditación del OEC, no esté vigente

WEBGRAFIA 

https://www.acreditacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2020/07/PO15-R06-Procedimiento-Operativo-Verificaci%C3%B3n-de-certificados-de-Conformidad-ingresados-al-sistema-ECUAPASS-a-trav%C3%A9s-de-VUE.pdf

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