Régimen de Ferias Internacionales

TEMA: Función del ECUAPASS en el  Régimen de Ferias Internacionales

INTRODUCCIÓN:

El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) en su artículo 160 indica que este régimen es suspensivo del pago de tributos para mercancías que estén destinadas a exhibición en  recintos previamente autorizados por un tiempo determinado dentro de los fines de degustación, promoción y decoración.

DESARROLLO:

El régimen de Ferias Internacionales contempla el conocimiento de conceptos básicos como son:

Levante de mercancía: Acto de autorización donde el declarante puede disponer de las mercancías dentro del régimen aduanero una vez cumplidos los requisitos y formalidades exigibles.

Levante de garantía: Acto de autorización donde el declarante puede disponer de la garantía presentada de acuerdo a los fines del régimen aduanero previo al cumplimiento de requisitos y formalidades exigidos.

Organizador: Persona natural o jurídica domiciliada en el país que sea calificado como titular del evento y responsable del desarrollo y las instalaciones del mismo.

Expositor: Persona natural o jurídica calificada por el organizador que ejerce actividades en el evento

La mercancías que pueden ingresar bajo este régimen deben cumplir con el requisito de lugar donde van a ser expuestas, para lo cual deben estar autorizadas al menos por un período de 3 meses. No se autorizan aquellas solicitudes que tengan menos de 15 días de anticipación de la iniciación de la feria. El incumplimiento de este tipo de normas acarrea una falta reglamentaria que equivale a una multa de 50% del Salario Básico Unificado.

Para la realización de una feria el organizador debe disponer de los siguientes requisitos para la organización del evento de acuerdo a la Resolución 3-2009-R5:

Requerimientos Legales

  • Copia de la escritura (Objeto Social).
  • Copia del Registro Único de Contribuyentes
  • Copia del nombramiento del representante legal de la empresa.
  • Copia de la Declaración Jurada donde señale el fin determinado.
  • Copia de la escritura de Constitución de la Empresa donde va a realizarse la Feria.
  • Copia del Registro Único de Contribuyentes

Requerimientos físicos y técnicos mínimos

  • Plano donde debe constar:
    • Área de Oficina
    • Área de Exposiciones
    • Área de Lobby
    • Área de Estacionamiento
    • Tipo de Construcción.
    • Servicios Sanitarios Básicos.
    • Sistema Eléctrico.
    • Equipos Indispensables de oficina.

Requerimiento de documentación para realizar la inspección

  • Copia del contrato de arrendamiento entre la empresa Organizadora y los propietarios del lugar donde va a realizarse la feria.
  • Copia de las pólizas de seguro (robo, incendio y responsabilidad civil).
  • Listado de las empresas participantes indicando país, producto y representante legal.
  • Diagrama de Flujos.
  • Descripción del Sistema de Seguridad.
  • Descripción del Sistema de Comunicaciones.
  • Copia del Documento de Aprobación del Gremio de Ferias Internacionales.
  • Copia del Reglamento General de la Feria a realizarse.
  • Catálogo de la Feria.
  • Detalle de la estructura del local donde va a realizarse la feria
  • Detalle de las áreas a utilizarse (especificar metros cuadrados).
  • Copia del Recibo del Pago de la Tasa de Inspección

Las características de las mercancías admisibles dentro del gráfico cumplen dos partes:

A)     Mercancías que se expongan dentro del recinto ferial autorizado, no necesita de documento de acompañamiento por lo que no se permite la degustación o consumo.

B)      Mercancías para consumo  que deberán contener la leyenda “Mercancía bajo régimen de feria internacional, prohibida su venta”, para lo cual se debe informar las cantidades a SENAE que van a ser entregadas a los asistentes en las horas del evento que serán entregadas gratuitamente.

Existen mercancías que no pueden ser importadas bajo este régimen como son:

A)     Bebidas Alcohólicas

B)      Tabacos y cigarrillos

C)      Perfumes y cosméticos

D)     Calzado

E)      Prendas de vestir

F)      Joyas y bisutería

Existe una excepción para los anteriores artículos siempre y cuando su fin sea promocional y en ninguno de los casos se de alguna muestra con otro fin. El incumplimiento de la norma conlleva a defraudación aduanera que según el COIP tiene una multa de hasta diez veces el valor de los tributos evadidos y pena privativa de libertad de 3 a 5 años cuando la cuantía supere los 150 Salarios Básicos Unificados.

Para el régimen se debe presentar una garantía específica la cual debe estar registrada en ECUAPASS en Trámites Operativos> Formulario de solicitud de categoría>Pestaña Despacho Aduanero> Solicitud de aprobación de garantía.

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La garantía es validada durante el proceso de ingreso al régimen, puede ser después del cierre de aforo o tras la salida autorizada de la mercancía, este proceso solo puede ocurrir una vez que la garantía sea aprobada por SENAE.

El OCE debe realizar la solicitud de autorización con datos referentes al número de registro donde la DAI tendrá el nombre de DAI-24 que incluye el número de autorización de régimen (adjuntado autorización del recinto ferial), número de registro de garantía y documentos justificativos del régimen.

La compensación es el fin de este régimen a través de los siguientes regímenes

  • Régimen 10: Importación a consumo
  • Régimen 60: Reexportación
  • Régimen 87: Regularización de mercancías consumidas

Para la admisión de los posteriores regímenes no se necesita de ninguna autorización expresa pero para el Régimen 87 el ingreso debe ser con el código liberatorio “0674 Mercancías consumidas o entregadas gratuitamente importadas al régimen de Ferias Internacionales”

La DAI-24 permite la suspensión de los tributos aduaneros por lo que se debe cancelar las tasas por servicios aduaneros hasta un día hábil después de la aprobación de la declaración. El incumplimiento acarrea a un Salario Básico Unificado por cada día de retraso.

En el caso de reexportación debe generarse la Declaración Aduanera de Exportación con código 60  y su compensación donde exista movilización se debe afianzar la garantía específica.

El programa ECUAPASS existen los siguientes procesos para este régimen:

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El ECUAPASS actúa como agente de aprobación de garantías y cambios de régimen dependiendo de la forma de compensación que se desee adoptar.

Para las compensaciones existen los siguientes procesos donde el sistema contiene un sistemático orden para lo cual se procura tener la precaución de fechas y plazos.

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CONCLUSIONES:

-El régimen de ferias internacionales tiene un estricto control y los tributos al comercio exterior que más se pagan provienen de las tasas por servicios aduaneros antes de los derechos o impuestos nacionales.

-El régimen incluye algunas multas por su mal uso o la determinación de tiempos que no estén contemplados dentro de la planificación del evento.

RECOMENDACIONES:

-Revisar las planificaciones del evento para que no incurra en defraudación aduanera o contravención.

-Cumplir los requisitos mínimos y llevarlos a máximos para no tener ningún problema con la aduana en la organización del evento.

-Asegurar que el contrato  del evento tenga una garantía de realización porque una vez pedida la autorización ya que la eliminación de un trámite perjudica al perfil de riesgo.

FUENTE:

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Art. 160

Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Art. 190-194

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-006%20V1.pdf

AUTOR: Alexander Martínez

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