Introducción
Los monos de esquí se han erigido como la opción predilecta de expertas en moda e influencers para ir a la nieve, quienes los prefieren a las alternativas de dos piezas.
Reglas Generales Interpretativas
- Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
- Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.
Notas Explicativas
B) Monos (overoles) y conjuntos de esquí, que son prendas o conjuntos de prendas que por su aspect general y su textura son identificables como destinadas principalmente al uso en la práctica del esquí (alpino o de fondo). Consisten:
1) en un mono (overol) de esquí, es decir, una prenda de una sola pieza destinada a cubrir la parte superior e inferior del cuerpo; además de las mangas y el cuello, este artículo puede llevar bolsillos o trabillas;
2) o bien un conjunto de esquí, es decir, un conjunto de prendas de dos o tres piezas, presentado para la venta al por menor y compuesto:
- de una sola prenda del tipo anorak, cazadora o artículo similar, dotado de cremallera y eventualmente acompañado de un chaleco,
- de un solo pantalón, que suba incluso por encima de la cintura o de un solo pantalón con peto.
El conjunto de esquí también puede estar constituido por un mono (overol) de esquí del tipo mencionado en el apartado 1) y por una especie de chaqueta acolchada sin mangas que se lleva encima del mono (overol). Todos los componentes de un conjunto de esquí deben estar confeccionados con un tejido de la misma textura, del mismo estilo y de la misma composición, del mismo color o de colores diferentes; deben ser, además, de tallas correspondientes o compatibles (véase la Nota 7 de este Capítulo).
Nota explicativa de Subpartida
Este Capítulo solo comprende artículos de punto confeccionados.
En la partida 61.12, se entiende por monos (overoles) y conjuntos de esquí, las prendas de vestir o surtidos de prendas de vestir que, por su aspecto general y su textura, sean identificables como destinados principalmente para uso en la práctica del esquí (alpino o de fondo). Se componen de:
- A) un mono (overol) de esquí, es decir, una prenda de una sola pieza que cubre la parte superior y la inferior del cuerpo; además de mangas y cuello, este artículo puede llevar bolsillos y trabillas.
El conjunto de esquí puede también estar compuesto por un mono (overol) de esquí del tipo mencionado anteriormente y por una especie de chaqueta (saco) acolchada sin mangas que se viste sobre el mono (overol). Todos los componentes del conjunto de esquí deben estar confeccionados con una tela de la misma textura, estilo y composición, del mismo color o de colores distintos; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles.
Descripción Arancelaria
SECCIÓN XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
CAPÍTULO 62: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto
PARTIDA 62.11: Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chandales), monos (overoles) y conjuntos de esquí y bañadores; las demás prendas de vestir.
SUBPARTIDA 6211.20.00: Monos (overoles) y conjuntos de esquí
Tributos vigentes
Documentos de control previo:
Conclusión
El análisis arancelario aplicado a la información técnica, concluye que los “Monos (overoles)”, corresponde a un artículo de las partidas del capítulo 62, clasificando Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto. Por lo cual el producto se clasifica en la subpartida 6211.20.00
Recomendación
Saber bien el manejo de la Nomenclatura y saber las reglas interpretativas, nos ayudará a poder clasificar un producto de mejor manera y siendo más específicos ya que esto nos puede ayudar el no pagar arancel o a pagar un arancel con mayor porcentaje, pago justo de los impuestos aduaneros. Correcta aplicación de tratados y acuerdos internacionales. Cumplimiento de las restricciones y regulaciones no arancelarias.
Fuentes:
- NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO . Notas_explicativas_pdf (1).pdf
- NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR - file:///C:/Users/User/Downloads/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017%20(2).pdf
- SENAE - ECUAPASS CONSULTA DE ARANCEL - https://www.aduana.gob.ec/
Comentarios