Introducción
Según el art. 37 de la Ley de Comercio Electrónico, explica que la entidad que certifica a las organizaciones de emitir las firmas electrónicas es el Arcotel (Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones), según Arcotel las organizaciones son:
Desarrollo
¿Pero qué significa que estas entidades son autorizadas en la emisión de la firma electrónica?
Según el art. 20 de la Ley de Comercio Electrónico, mediante su emisión y certificación del Arcotel, se crea el vínculo de la firma electrónica con una persona determinada.
Un dato importante que hay que mencionar es que únicamente el Banco Central es quien otorga los derechos, mientras que las otras entidades autorizadas actúan como intermediarios en el proceso.
¿Quiénes pueden obtener la firma electrónica?
El Banco Central establece 3 niveles de firmas
Finalmente, la firma electrónica al tener la misma validez y efectos jurídicos que la manuscrita, la persona signataria será responsable en todo aquello en que se la utilice.
Conclusión
El Banco Central es la institución que otorga el derecho de vincular la firma electrónica con la persona, mientras que las otras organizaciones solo interactúan como intermediarios quienes sí emiten la firma electrónica, pero a la final deben pasarle los datos al Banco Central, y las personas que pueden obtener este documento son toda persona natural, jurídica o de administración pública.
Recomendación
Es recomendable sacar la firma electrónica a través de uno de los intermediarios, en específico con Security Data, ya que ha demostrado ser una institución eficaz al momento de realizar el trámite.
Bibliografía
- Aguirre, G. (s.f.). Firma electrónica. Obtenido de https://www.derechoecuador.com/firma-electronica
- Congreso Nacional. (s.f.). LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS. Obtenido de https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf
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