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Descripción del Producto

Guarnición o puño de ciertos objetos que se cogen con la mano, como las puertas o los muebles.

Una empuñadura de mueble suele ser un elemento de agarre que se monta en la superficie de la puerta o el cajón. Puede ser una pieza única o consistir en un conjunto de dos o más elementos, dependiendo del diseño y las preferencias del fabricante o del dueño del mueble.

Complementan la estética del mueble y le permite cumplir con funciones prácticas, pues se usan para facilitar la apertura y el cierre del mueble.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria

El uso de las reglas nos permitirá una clasificación arancelaria adecuada y acertada para el producto presentado:

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

  • Según la RGI 1 se clasificará a las empuñaduras en:

Sección XIII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANÁLOGAS; PRODUCTOS CERÁMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 69: Productos cerámicos

Partida 69.14: Las demás manufacturas de cerámica.

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Como nos dice la regla, se revisan las Notas de Sección y de Capítulo:

Esta partida incluye todas las manufacturas de cerámica que no estén comprendidas ni en las demás partidas del presente Capítulo ni en los demás Capítulos de la Nomenclatura.

Se clasifican aquí principalmente:

3) Las guarniciones de puertas, ventanas o muebles, tales como empuñaduras y pomos, placas de protección, así como las empuñaduras y pomos que rematan las cadenas de baño.

  • Entonces de acuerdo a la RGI 6 y las Notas Explicativas la subpartida adecuada para las empuñaduras será:

Por su material que sabemos es porcelana, tenemos un primer nivel de guion:

  • 10.00 - De porcelana:

Y por el producto escogido su clasificación sería:

  • 10.00.90 - - Los demás 

Tributos fijos para la mercancía

FODINFA

0,5

AD VALOREM

25

IVA

12

Restricciones y prohibiciones

Las empuñaduras no cuentan con restricciones ni prohibiciones de ningún tipo.

Conclusiones

  • De acuerdo a las Reglas Generales Interpretativas y a las Notas Explicativas se puede concluir exitosamente que las empuñaduras se clasifican en la sección XIII MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANÁLOGAS; PRODUCTOS CERÁMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS; Capítulo 69: Productos cerámicos; subpartida: 6914.10.00.90 - - Los demás.

Recomendaciones:

  • Usar todos los instrumentos legales y de apoyo para hacerlo de forma correcta pues ahora existen los medios digitales para el acceso a la información y contar con la certeza de conocer el producto en su totalidad.
  • Leer constantemente el Sistema Armonizado, memorizar las reglas generales y revisa las notas explicativas para una óptima clasificación arancelaria.
  • Prestar atención al uso del artículo y el destino final del mismo. Y en este caso, conocer bien el material de la guarnición a clasificar.

Fuentes:

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