¡Qué sonreir no te de miedo! Aprende a clasificar una prótesis dental

Descripción

La prótesis dental es un aparato artificial que tiene como objetivo restaurar la estructura de una o varias piezas dentales, este aparato está constituido por uno o varios dientes artificiales que se sujetan a la dentadura y reponen las piezas faltantes, devolviendo al paciente funciones esenciales como la masticación, el habla y estética.

Los materiales mayormente usados en la fabricación de estas prótesis son la resina, porcelana y zirconio, sin embargo, algunos de estos aparatos cuentan con una estructura de base metálica, debido a su fácil remoción.

Nombre Comercial: Prótesis dental removible

Especificaciones Generales: Prótesis dental parcial removible

Características: Estructura metálica fina y resistente

                             Color natural de los dientes

                             Piezas dentales hechas a base de resina

                             Ganchos metálicos

Uso y aplicaciones: Se usa para sustituir la falta de una o varias piezas dentales. La prótesis se sujeta en las piezas dentales que estén en buen estado.

Análisis Arancelario

  • Reglas Generales Interpretativas

La clasificación arancelaria de la mercadería descrita, se fundamenta en las siguientes reglas generales para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA):

REGLA 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

REGLA 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Notas Explicativas

       Con el fin de establecer una partida arancelaria también se toma en cuenta la nota explicativa de la partida 90.21

       III.- ARTICULOS Y APARATOS DE PROTESIS DENTAL, OCULAR U OTRAS

  1. B) Los artículos de prótesis dental, que consisten principalmente en:

1) Dientes artificiales macizos, generalmente de porcelana o de plástico (en particular, polímeros acrílicos) y que consisten, bien en dientes llamados diatóricos perforados con un pequeño agujero en el que penetra la materia de retención (suelen ser muelas), o bien, en dientes con grapas que tienen en la superficie interna dos ganchos metálicos que sirven para sujetarlos (estos dientes se reservan generalmente para los incisivos o los colmillos), o bien, dientes con guías, llamados también de facetas, que tienen en la superficie interior una ranura en la que puede deslizarse una plaquita metálica fijada a un aparato de prótesis (suelen ser también incisivos o colmillos).

2) Dientes artificiales huecos, también de porcelana o de plástico, que tienen la forma externa como los dientes (incisivos, colmillos o muelas), pero que están huecos interiormente.

Según el modo de fijarlos, se llaman dientes de pivote, porque se fijan en un raigón preparado para montarlos a través de una pieza metálica (llamada pivote) o coronas, en el caso en que sean fijas, con una resina artificial en un muñón de diente previamente ajustado.

3) Las dentaduras, parciales o completas, con una base de caucho vulcanizado, de plástico o de metal en la que se fijan los dientes artificiales.

4) Los demás artículos, tales como: coronas metálicas prefabricadas (de oro, de acero inoxidable, etc.), que se utilizan para recubrir un diente natural para protegerlo; piezas de estaño colado llamadas barras pesadas, que se utilizan para aumentar el peso de la dentadura y darle más estabilidad; barras de acero inoxidable para reforzar las dentaduras de caucho vulcanizado; y finalmente, diversos accesorios netamente identificables como artículos empleados por los profesionales para confeccionar las coronas metálicas y las dentaduras (manguitos, anillos, pivotes, grapas, ojetes, etc.).

Esta partida no comprende los cementos y otros productos de obturación dental (partida 30.06) ni las preparaciones llamadas ceras para odontología presentadas en surtidos, en envases para la venta al por menor o en plaquitas. herraduras, barritas o formas similares, ni tampoco las demás preparaciones para odontología, a base de yeso (partida 34.07).

A fin de realizar el análisis de clasificación, se considera el texto de la partida arancelaria 90.21 y su respectiva nota explicativa de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), que indica:

Posición Arancelaria

  • SECCIÓN 

La mercancía sujeta a consulta pertenece a la Sección XVIII, donde se clasifican “INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRÚRGICOS; APARATOS DE RELOJERÍA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS”

  • CAPÍTULO

La mercancía sujeta a consulta pertenece al Capítulo 90, donde se contienen “Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos”

  • PARTIDA

La mercancía sujeta a consulta pertenece a la partida 90.21 tomada de la Sexta Enmienda del Sistema Armonizado adoptado mediante la Resolución 020-2017-P. COMEX que refiere a “Artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medicoquirúrgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se le implanten para compensar un defecto o incapacidad.’’

Conclusión

En virtud del análisis arancelario se concluye que en aplicación de las Reglas Generales para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de las aduanas (OMA) 1 y 6 para la mercancía denominada comercialmente como “Prótesis dental removible”, es un aparato dental utilizado para compensar la falta de piezas dentales, se clasifica dentro del arancel del Ecuador (Sexta Enmienda), Capítulo 90 en la partida arancelaria 90.21, subpartida “9021.21.00.00 - - Dientes artificiales”.

Información arancelaria

  • Tributos vigentes

IVA: 12%

FODINFA: 0.5%

Información no arancelaria

  • Medidas de restricción y prohibición

Documentos de Control Previo: Registro Sanitario

Recomendaciones

Es importante mencionar que la subpartida 9021.21.00.00 corresponde tanto a prótesis dentales fijas como parciales, las mismas que son aparatos que servirán para sustituir las piezas dentales faltantes en el paciente, además es necesario tener un amplio conocimiento acerca de las reglas generales interpretativas como de las notas explicativas para poder realizar una correcta clasificación arancelaria que evite inconvenientes a futuro con el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

Referencias

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina de Naciones [CAN]. (2007). Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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