CONCLUSIONES:
Los importadores deben estar en constante cumplimiento con el pago de sus obligaciones tributarias, debido a que en el caso que haya valores incumplidos se encuentran registrados en el SRI y por lo tanto este se puede complicar al momento en el que se realice el bloqueo en la transmisión de la DAI debido a la falta de estos valores.
El importador debe tener estos valores cumplidos para que la importación no se vea afectada en ningún aspecto y no tenga ningún inconveniente en cuanto a a la realización de los mencionados tramites.
AUTOR: Johanna Aracely Caiza Maroto
FUENTE: Boletín N. 283-2013
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