¨Que es la Destrucción Bajo Control Aduanero¨

Introducción

El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) define destrucción como: la remoción de objetos, productos o sustancias que, según su naturaleza o función, los inutilizan completamente y los dejan sin valor comercial; Asimismo, la destrucción total de la mercancía conlleva el vencimiento de la obligación tributaria aduanera.

El proceso de destrucción de la mercancía debe ser aprobado y controlado por el SENAE con la participación y responsabilidad del solicitante; por otro lado, también debe tenerse en cuenta que los costos derivados del proceso deben ser a cargo del destinatario del bienes, por lo que la administración financiera del distrito puede tener que emitir un anexo de facturación manual.

Desarrollo

Antes de iniciar el procedimiento de destrucción de mercancías bajo control aduanero, es importante considerar ciertas condiciones: antes del procedimiento, se deben verificar e identificar los documentos de transporte y la entrada al lugar de almacenamiento autorizado.

Por otro lado, las mercancías que pueden ser objeto de un régimen de destrucción bajo control aduanero son las siguientes:

  • Bienes que representan un riesgo para la salud humana y / o el medio ambiente.
  • Destrucción de residuos peligrosos o de características especiales
  • Destrucción de mercancías no autorizadas para la importación
  • Destrucción de mercancías para las que se ha organizado un reenvío
  • Destrucción de mercancías anteriormente cubiertas por un régimen especial
  • Bienes en abandono tácito
  • Bienes que no pudieron ser asignados, donados o subastados por su naturaleza o condición.
  •   En esta ocasión, el procedimiento que se describirá a continuación se refiere a mercancías no autorizadas para la importación o mercancías no cubiertas por un régimen aduanero:
  • La solicitud de destrucción debe registrarse en el portal Ecuapass.

  La solicitud de destrucción debe ser presentada electrónicamente por la persona que tiene derecho a poseer la mercancía o su agente de aduanas con el distrito que tiene el control de la mercancía, sin necesidad de presentar documentos físicos. En la solicitud electrónica se debe adjuntar la carta de aceptación emitida por un técnico ambiental o una autoridad competente autorizada por el Ministerio del Ambiente, el documento debe indicar la fecha provisional de destrucción y describir si existirán productos derivados en el momento. del proceso.

Conclusiones

Para recibir la carta de aceptación, la empresa debe presentar su solicitud de destrucción directamente al funcionario ambiental sin la aprobación previa de la administración nacional de aduanas del Ecuador.Luego de registrar el resultado del resultado, es recomendable ir a la Consulta de Resultado de Destrucción para verificar que se alcance el estado "Destrucción de Aduana Completada".

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