En el caso de los viajeros que arriben a nuestro país con mercadería que exceda un monto 2000 dólares en valor FOB, para declarar impuestos tendrán que enfrentar un nuevo proceso de nacionalización de la mercancía ya que anteriormente se lo realizaba por la sala de arribo internacional, hoy en día la mercancía deberá ingresar a un almacén temporal de turno con una vigencia de 24 horas a partir de la hora de arribo para que se pueda dar las formalidades del caso, como referencia se tomara el numero de pase a bordo del pasajero para numeración del documento de transporte y la misma será presentada como Declaración Aduanera Única (DAU).

El documento de transporte no se podrá emitir si existiere presunción de delito aduanero, una vez creada la documentación y que la mercadería se encuentre en el almacén temporal el viajero podrá realizar el proceso de  nacionalización de la misma.

Si el resultado del aforo físico determina que la mercancía no es considerada efectos personales de viajero deberá cancelar los tributos correspondientes y realizar los procedimientos aduaneros requeridos, retrasando  el retiro de las mercancías.

 

Autor: Tituaña Abalco Ana María

Fuente: http://www.elcomercio.com/negocios/compras_de_Navidad-Aduana_ecuatoriana-negocios_0_807519373.html.

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