Protege tu ropa como un verdadero mecánico con un guardapolvos… Aquí te enseño a clasificarlo

INTRODUCCIÓN

El guardapolvo industrial se caracteriza por su diseño moderno y su calidad superior. Está hecha de una mezcla de tela de 80% poliéster y 20% algodón, lo que ayuda a aumentar la durabilidad de la prenda, garantizando que pueda ser usada durante mucho tiempo.

En cuanto a las características, el guardapolvo industrial está diseñado con tres bolsillos, dos inferiores y uno superior. Esto le da al usuario una mayor comodidad al permitirle guardar sus pertenencias de manera segura y cómoda. Otro detalle importante son los botones, que son de un material resistente que garantiza que la prenda se mantenga cerrada sin problemas.

            Composición del material

Grafil Tafetán 80% poliéster, 20 % algodón.

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS Y CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

-Así que, siguiendo la RGI 1, la correcta clasificación del producto sería la siguiente:

Sección XI: Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 61: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto

Partida 61.14: Las demás prendas de vestir, de punto

Para determinar la subpartida se debe tomar en cuenta la RGI 6, en la cual se menciona lo siguiente

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.”

Subpartida 6114.30.00.00 – De fibras sintéticas o artificiales

 

Notas Explicativas:

61.14 LAS DEMAS PRENDAS DE VESTIR, DE PUNTO.

 6114.20 – De algodón.

 6114.30 – De fibras sintéticas o artificiales.

 6114.90 – De las demás materias textiles.

 

Esta partida comprende, sin distinción en cuanto al sexo, las prendas de vestir de punto que no estén comprendidas más específicamente en las partidas precedentes de este Capítulo.

 Entre estas prendas se pueden citar:

1) Los guardapolvos y batas de trabajo, los mandiles, monos u overoles y otras prendas protectoras

utilizadas por los mecánicos, obreros de las fábricas, cirujanos, etc.

2) Las sotanas, casullas, dalmáticas, sobrepellices, capas y otras prendas eclesiásticas o sacerdotales.

3) Las togas y vestidos de abogados, magistrados o profesores y otras prendas de la misma clase.

4) Las prendas especiales, tales como las de aviadores, incluso calentadas, por ejemplo, con una

resistencia eléctrica.

5) Las prendas especiales para la práctica de determinados deportes o de la danza, tales como los trajes

de esgrima, las casacas de jockey, los toneletes y trajes de baile o de gimnasia.

 

Pág. 702 , Inciso 2)...  Notas Explicativas del Sistema Armonizado.

 

Tributos Aduaneros

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Restricciones y Prohibiciones

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CONCLUSIÓN

El guardapolvo al ser una prenda hecha de una mezcla de tela de 80% poliéster y 20% algodón permite una mayor durabilidad de la misma, se clasifica adecuadamente en la partida arancelaria 6114, para el caso específico de Las demás prendas de vestir, de punto; la subpartida aplicable es la 6114.30.00.00, que especifica "–De fibras sintéticas o artificiales”.

 

RECOMENDACIONES

1.Examinar todas las propiedades del producto, verificando la composición exacta para poder realizar una correcta clasificación.

2.Dado que existen prohibiciones específicas, como la importación desde la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), es crucial revisar y cumplir con las prohibiciones establecidas por las autoridades.

 

REFERENCIAS

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCION-COMEX-020-2017: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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