PROTECCIÓN DE DATOS

La Ley De Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas Y Mensajes De Datos en el artículo 9 explica la protección de datos para el usuario de estos servicios.
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CONCLUSIÓN:

La información obtenida de los mensajes de datos puede compartirse con terceros, siempre y cuando el titular de esta información exprese su consentimiento, o por la orden de una autoridad competente.

RECOMENDACIÓN:

Los usuarios de estos servicios deben tener claro que no es necesario el consentimiento para recopilar los datos personales, en caso de que las fuentes sean de acceso público, y cuando sea necesario para una negociación.

TÉRMINOS:

RETROACTIVO: Que tiene efecto sobre lo pasado

FUENTE:

http://www.desarrolloamazonico.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/05/LEY-DE-COMERCIO-ELECTRONICO-DE-FIRMAS.pdf

AUTOR: Sofía Carrera

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