Procedimiento para obtener un Certificado de Producto No Contemplado dentro del Alcance del Reglamento Técnico Ecuatoriano:
El gráfico anterior nos da a conocer el procedimiento para obtener un Certificado de productos que no contemplan el Alcance del RTE (Reglamento Técnico Ecuatoriano), es decir que son producto que no tienen que cumplir con requisitos adicionales para su ingreso al país, al momento que el importador ingresa su solicitud inmediatamente es registrado en el sistema a esta solicitud debe adjuntar ( fichas técnica del producto, factura comercial de la importación, informes de ensayo).
Toda la información requerida sirve de base fundamental para que al pasar por el técnico asignado por el sistema esta documentación sea analizada, posterior a esto esta solicitud entra a comité con las partes involucradas que son el técnico asignado y la Coordinación Técnica.
En este punto el técnico podrá emitir un criterio que puede ser FAVORABLE cuando el producto no tiene alcance al RTE, en estos caso el importador inmediatamente ingresa su respuesta en la VUE por otra parte cuando es DESFAVORABLE es decir que el producto debe cumplir con el reglamento entonces el importador deberá cumplir con los requisitos solicitados por el Reglamento correspondiente.
El proceso para la emisión de un certificado de Producto No Contemplado lleva 15 días laborables desde la fecha de recepción de los documentos.
CONCLUSIÓN
Si el importador quiere tener un resultado más rápido deberá entregar todo la información solicitada por la Institución ya que muchas de las veces obtienen un criterio desfavorable cuando no es suficiente información para emitir un criterio correcto, entonces se pierde más tiempo.
RECOMENDACIÓN
El importador deberá realizar todo el trámite con anticipación al ingreso de las mercancías ya que se evita de tener problemas con la Aduana y que su mercancía muchas de las veces caiga en abandono definitivo.
AUTOR: Ana Cristina Jima
FUENTE: www.normalización.gob.ec
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