Describir en forma sencilla y ordenada los pasos que deben seguir los exportadores, agentes de aduana, agentes de carga de exportación, depósitos temporales, líneas navieras, consolidador de carga, transportista terrestre y servidores aduaneros para el proceso de despacho y carga de mercancías para la exportación ya sea vía aérea o terrestre para carga declarada como contenerizada.
La modalidad de despacho se muestra cuando se haya realizado el ingreso de todos los contenedores y cuando el Ecuapass haya validado que la cantidad de contenedores ingresado al depósito temporal correspondan a las mismas cantidades de los declarados en la DAE.
El depósito temporal o declarante puede conocer el estado de trámite, el canal de aforo asignado, el nombre del aforado según aforo asignado y todo el seguimiento de la DAE mediante la opción “consulta de estado de declaración de exportación”.
Cabe señalar que la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnicas Aduanera, puede realizar cambios en el canal de aforo siempre que la DAE aun no tenga el estado “salida autorizada” si éste lo estima conveniente de acuerdo a sus competencias
GLOSARIO
Declarante: Puede ser el exportador, agente de aduna o el agente de carga de exportaciones, de conformidad a lo establecido en la normativa vigente.
Aforo: Es la forma en la cual la aduana se encarga de verificar que todo lo que todos los valores y datos declarados en la DAE sean los correctos.
CONCLUSIÓN
El depósito temporal o declarante puede conocer el estado de trámite, el canal de aforo asignado, el nombre del aforado según aforo asignado y todo el seguimiento de la DAE mediante la opción “consulta de estado de declaración de exportación”.
FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2014/SENAE-MEE-2-2-001-V3.pdf
AUTOR: Becerra Bryan
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