En esta ocasión voy a tratar el tema de la Declaración Sustitutiva; cuando se produjo el levante de  mercancías y  si como OCE´S necesitamos realizar correcciones a la DAI, podemos realizar una Declaración Sustitutiva.

La Declaración Sustitutiva se valida y aprueba automáticamente y el podemos realizarla siempre y cuando no se haya iniciado el proceso de control posterior, según lo establecido en el Art.145 del COPCI.

La Declaración Sustitutiva no se podrá realizar en el caso  de que el sujeto pasivo considere valores a su favor, sin embargo, se puede gestionar un reclamo administrativo por pago indebido o pago en exceso.

Proceso de declaración sustitutiva de importación.

ACTIVIDAD

PRODUCTO DE ENTRADA

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

RESPONSABLE

PRODUCTO DE SALIDA

Transmisión  de la Declaración Sustitutiva

Levante de mercancías

Tramitamos la declaración sustitutiva utilizando la opción del sistema ECUAPASS: : Portal Externo>Trámites Operativos>1.1 Elaboración de e-Doc Operativo> 1.1.1 Documentos Electrónicos>Sustitutivo de Detalle del Documento de Importación

OCE

Declaración sustitutiva transmitida

Comunicación a OCE

Declaración sustitutiva transmitida

Se nos comunica el resultado de la transmisión,  pudiendo ser notificación de aceptación o de error.

En el caso de ser una notificación de error debemos corregir y realizar nuevamente el envío

ECUAPASS

Notificación de aceptación o de error recibida por el OCE

Cambios incrementan valores a favor del SENAE

Notificación de aceptación o de error recibida por el OCE

En el caso de que se incrementen valores a favor del SENAE, debemos realizar una liquidación complementaria

ECUAPASS

Liquidación complementaria

Pago de la liquidación complementaria

Liquidación complementaria

Si los cambios realizados con la Declaración Sustitutiva incrementan valores a favor del SENAE, el sistema informático genera un liquidación complementaria que posteriormente debemos cancelar (plazos establecidos en los Arts. 113 y 116 COPCI)

OCE

Liquidación complementaria pagada

 

CONCLUSIÓN:

Podemos evidenciar que el sistema ECUAPASS ha sido la herramienta facilitadora de los procesos aduaneros ecuatorianos, digitalizando operaciones y optimizando tiempo y recursos.

FUENTE: Servicio Nacional de aduana del Ecuador SENAE, Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones COPCI.

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