Tema: Proceso de corrección, sustitución y rechazo de la Declaración Aduanera de Exportación DAE
Introducción:
Las exportaciones son una actividad apoyada por el gobierno y su objetivo radica en la promoción y facilitación de los procesos de exportación con valor agregado dentro del esquema de la matriz productiva. La última reforma al COPCI (Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones) ha generado que las declaraciones deban ser presentadas antes del ingreso de las mercancías a Zona Primaria. Los errores existentes dentro de la declaración pueden ser corregidos a través del sistema ECUAPASS para lo cual sigue un procedimiento de aprobaciones y notificaciones.
Desarrollo:
Art. 66 COPCI.- Plazos para la presentación de la declaración.- Para el ingreso a Zona Primaria, toda mercancía a exportarse debe contar con su declaración aduanera de exportación.
Rechazo de declaración.-El rechazo se genera por errores del sistema o de manera operativa por las que el exportador decide no continuar con el trámite de exportación.
El rechazo de una declaración se genera por inconsistencias detectadas por el Técnico Operador y en ese caso la declaración no es aceptada y el trámite no continúa, a menos que el director distrital de su consentimiento para que el trámite continúe.
Para el entendimiento del proceso es necesario conocer las disposiciones que se generan en el manual de procesos SENAE-MEE-2-2-018-V2 generado por el Servicio Nacional de Aduana.
Los OCE (a) solo pueden realizar el proceso para los siguientes regímenes:
Código 40: Régimen de Exportación definitiva
Código 50: Régimen de Exportación temporal para reimportación en el mismo estado
Código 51: Régimen de Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
Código 60: Régimen de Reexportación de mercancías en el mismo estado
Código 61: Régimen Reexportación de mercancías que fueron importadas para perfeccionamiento activo
Los OCE (a) son encargados de trasmitir la declaración y son los responsables de cualquier tipo de error existente dentro del documento.
Para realizar el trámite se acude a Trámites Operativos> Elaboración de e-Doc> Documentos electrónicos
En Elaboración de e-Doc Operativo nos dirigimos a la opción Corrección de Sustitutiva y Rechazo de Declaración de Exportación. Se procede a buscar el trámite que se va a proceder con la corrección, sustitución o rechazo.Se procede a llenar o sustituir la información de las pestañas COMÚN, ITEM, DOCUMENTOS
Después de hacer cualquiera de las solicitudes se presenta el siguiente proceso para cada uno de estos de acuerdo a lo que el exportador desee hacer con las mercancías.
Conclusiones:
-Dentro de una exportación es imprescindible la revisión de la digitación de los valores a declarar para no tener ningún inconveniente en la transmisión de los datos de la exportación.
-Una correcta digitación genera una optimización de tiempo para el trámite aduanero de exportación.
Recomendaciones:
-Mantenerse pendiente de las actualizaciones que se generan en el sistema para conocer cualquier tipo de notificación que tenga la declaración de exportación.
-Se debe tratar de conocer todos los procesos para trámites operativos dentro de ECUAPASS para proceder de una manera correcta en los procedimientos aduaneros para el despacho de mercancías.
Fuente:
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/tra/a3_mar_2015_SENAE-ISEE-2-2-012-V1.pdf
file:///C:/Users/USUARIO/Documents/SENAE-MEE-2-2-018-V2.pdf
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/rcop/S452_20110519-20150429.pdf
Autor: Alexander Martínez
Comentarios