Es el ingreso de mercancías extranjeras a territorio aduanero ecuatoriano cumpliendo con las formalidades y obligaciones aduaneras, basándose en un Régimen de Importación.
REGIMENES ESPECIALES:
- Importación para el Consumo (Art. 147 COPCI)
- Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado (Art. 148 COPCI)
- Reposición de Mercancías con Franquicia Arancelaria (Art. 150 COPCI)
- Transformación bajo control Aduanero (Art. 151 COPCI)
- Depósito Aduanero (Art. 152 COPCI)
- Reimportación en el mismo estado (Art. 152 COPCI)
Como se obtiene el Registro de Importador:
Como desaduanizar una mercancía:
La declaración aduanera de Importación (DAI) será presentada de manera electrónica. En los casos de que a la declaración aduanera se le asigne aforo físico o documental, esta deberá completarse el mismo día con la transmisión digital de los documentos de acompañamiento y de soporte, que no se puedan presentar en formato electrónico
Los documentos digitales que acompañan a la DAI a través del ECUAPASS son:
- Documentos de Acompañamiento: Doc de control previo
- Documentos de Soporte: Factura, Certificado de Origen, Otros documentos requeridos por la SENAE
Comentario:
Podemos apreciar los beneficios y desventajas que el Ecuador concibe al realizar una importación. La principal ventaja es que el país puede conseguir para su población productos que no produce aquí, por ejemplo: tecnología, productos derivados del petróleo, etc. a precios relativamente accesibles y de buena calidad. Como desventaja, se puede destacar el déficit de nuestra Balanza Comercial, la afectación a la Industria Nacional y el consumismo innecesario y excesivo.
Fuente:
Aduana del Ecuador.
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