Drawback es un régimen aduanero mediante el cual se restituyen en forma total o parcial los importes abonados en concepto de tributos pagados en la importación de insumos utilizados en la producción del producto final exportado
El objetivo de este régimen es evitar que el pago de los derechos arancelarios de los productos importados para confeccionar otro producto a exportar, incremente su costo y su precio final, afectando así su competitividad. Es decir, el fin de este mecanismo es evitar la exportación de impuestos.
Definiciones
Consideraciones Generales
- El exportador puede aplicar al proceso de devolución en cada una de sus Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE).
- El monto correspondiente a la devolución únicamente será acreditado a través de transferencias bancarias.
- Para que el exportador se encuentre calificado, debe cumplir las siguientes condiciones.
- No tener deudas pendientes con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
- No tener deudas pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
- No tener deudas pendientes con el Servicio de Rentas Internas
- La declaración de Devolución Condicionada Simplificada debe ser firmada por un usuario exportador que sea el representante legal.
- Las declaraciones aduaneras de Devolución Condicionada Simplificada pueden ser consultadas desde Ecuapass: Portal Externo > Servicios Informativos > Devolución Condicionada > Consulta de Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada.
Procedimiento
Registro de la Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada
Conclusión
La Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada permite obtener una devolución de los valores pagados como concepto de tributos al comercio exterior, siempre que los exportadores presenten una declaración aduanera simplificada en la que harán referencia a la declaración aduanera regularizada bajo el régimen de exportación definitiva, excepto aquellas que tengan asociados regímenes precedentes que no sean de transformación.
Recomendación
Es importante manejar matrices de cálculo en las importaciones cuyos fines sean transformación, incorporación a la mercancía o envase y acondicionamiento, para definir los valores exactos de los tributos pagados de los que se pretende obtener un Drawback.
Fuente
https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-GOE-2-4-002-V3.pdf ;
Autora: Paola Borja
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