9241770280?profile=original

Conclusiones:

  • Las personas que tienen algún tipo de discapacidad ya sean operadores de comercio exterior o servidores de la SENAE al momento de importar, sus mercancías estarán exentas del pago de impuestos una vez que se siga con el protocolo ya establecido, teniendo en cuenta que para ello la persona deberá contar con el Certificado Único de Calificación de Discapacidad. 
  • Se debe tener en cuenta que las solicitudes de exoneración ingresadas al Distrito Aduanero correspondiente no serán tramitadas hasta que sea recibido el Certificado Único de Calificación de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud Pública, a través del buzón de correo electrónico mencionado.

Autor: Karina Tipanta

Fuente:  http://www.aduana.gob.ec/

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales