Es importante considerar al presentar la declaración con mas de un numero de carga se debe tomar a consideración por medio del REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, en su Art. 63.- Declaración Aduanera indica: se podrá presentar .... Una sola Declaración Aduanera, podrá contener las facturas, documentos de transporte de un mismo manifiesto de carga y demás documentos de soporte o de acompañamiento que conformen la importación o exportación, siempre y cuando correspondan a un mismo declarante y puerto, aeropuerto o paso fronterizo de arribo para las importaciones; y de embarque y destino para las exportaciones.

 
El usuario deberá indicar el número de carga principal en la sección "Información de Mercancías", campo Número de carga (C04) de la declaración aduanera de importación y los números de carga adicionales se deberán registrar en la pestaña "Documentos" identificados como tipo de documento No. 100 (Número de carga).
 
Es importante tomar en cuenta que no es posible repetirse el número de carga registrado en el campo "C04. Número de carga" con los registrados como documentos adjuntos registrados en la pestaña "Documentos".
 
Recordar la estructura del número de carga, es un aspecto determinante asi: 
 
En el caso marítimo:
 
CEC-2013-AAAA-0001-0001-0002
 
CEC / Identificador de aduana
2013 / año
AAAA / la identificación del transportista
0001 / Número de viaje
0001 / bl master
0002 / bl hijo
 
En el caso Aéreo: el identificador del transportista contiene dos letras y el resto de la estructura se mantiene tal cual el caso del marítimo.
 
CEC-2013-AA-0001-0001-0002
 
Para el caso terrestre sería:
 

CEC-2013-Código SICE-0001-0002

Considerar la numeración de la carga es un aspecto importante y transmitir la declaración, así evitando los posibles errores y generación de incidencias para el proceso. Tener una validez de todos los datos necesarios para el envío.

Los operadores deben validar la información puesto que así permite que los datos enviados se crucen con los de las agencias, así seguir con el proceso establecido y necesario para la operación.

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=2013&codigo=40

AUTOR: M. Cristina Bonilla

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