Según el Art. 24 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, señala: “Los incentivos fiscales que se establecen en este código son de tres clases: 1. Generales: De aplicación para las inversiones que se ejecuten en cualquier parte del territorio nacional. Consisten en los siguientes: (…) e) Las facilidades de pago en tributos al comercio exterior (…)”.
Además de ello, el Art. 116 del referido cuerpo legal, establece la facultad de la Administración Aduanera para poder conceder facilidades de pago de los tributos al comercio exterior, únicamente en las importaciones de bienes de capital realizadas para incrementar el activo fijo del importador directo de los bienes, a continuación se detalla los requisitos de solicitud para acceder al beneficio.
REQUISITOS DE LA SOLICITUD.- La solicitud de Facilidades de Pago deberá contener la siguiente información:
TRIBUTO MINIMO A AUTORIZAR.- Para acogerse al presente incentivo de Facilidades de Pago, los tributos liquidados en el trámite de importación de bienes de capital que incrementen el activo fijo del importador directo de los bienes, no podrán ser menor a diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$10,000.00).
GLOSARIO
Activo Fijo: Un activo fijo es un bien de una empresa, ya sea tangible o intangible, que no puede convertirse en líquido a corto plazo y que normalmente son necesarios para el funcionamiento de la empresa y no se destinan a la venta.
Tributo: Es una obligación dineraria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas
CONCLUSIONES
Puedo concluir diciendo que de cumplir con todos los requisitos, la Dirección de Autorizaciones y Expedientes OCE’s de la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador será la encargada, en el término no mayor a tres días hábiles, de elaborar para la firma del Director General, la respectiva resolución de Autorización de Facilidades de Pago y que de esta manera empiece a gozar de los beneficios que aquí se le ofrece.
Fuente: http://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/SENAE-DGN-2013-001...
Autor: Irene Recalde B.
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