PROCEDIMIENTO DE DESADUANIZACIÓN DE MERCANCIAS

Como importadores o comerciantes es de vital importancia conocer todos los pasos para que una mercancía pueda ser nacionalizada.Para realizar los trámites de desaduanización de mercancías es necesario la asesoría y servicio de un Agente Acreditado por el SENAE

Es decir que este seria el primer contacto o paso para poder sacar las mercancías de la aduana, una agente afianzado no es nada mas que un tramitador autorizado ante la aduna que a través de una firma electrónica transmitirá la DAI ( Declaración Aduanera de Importación)

Será presentada de manera electrónica, y física en los casos en que determine la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. En los casos de que a la declaración aduanera se le asigne aforo físico o documental, esta deberá completarse el mismo día con la transmisión digital de los documentos de acompañamiento y de soporte, que no se puedan presentar en formato electrónico.

02-29-08-A04-012500.jpg

conforme con lo indicado en el párrafo de arriba se tendrá que presentar documentos de soporte y acompañamiento 

Documentos de acompañamiento

Se constituyen documentos de acompañamiento aquellos que denominados de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía deben presentarse, física o electrónicamente, en conjunto con la Declaración Aduanera, cuando estos sean exigidos. (Art. 72 Reg. COPCI)

Documentos de soporte

Constituirán la base de la información de la Declaración Aduanera a cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sea en físico o electrónico, deberán reposar en el archivo del declarante o su Agente de Aduanas al momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad conforme a lo determinado en la Ley. (Art. 73 Reg. COPCI)

Factura Comercial

Certificado de Origen (cuando proceda)

Documentos que el SENAE o el Organismo regulador de Comercio Exterior considere necesarios.

De manera posterior la aduna procederá a realizar el aforo ya sea físico o documental, y si no encuentra ningún inconveniente se dará paso a la salida de la mercancía de los recintos aduaneros para que sea se cumpla el régimen en el cual fue ingresada la mercancía.

Fuente: COPCI ( CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN COMERCIO E INVERSIÓN )

Autor: Xavier Herrería 

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales